El Observatorio de la Cadena Alimentaria es un órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la Dirección General de la Industria Alimentaria, tal y como se establece en el artículo 19 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
Una vez aprobado el Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 12/2013, de 2 de agosto , se llevó a cabo la constitución formal del Observatorio en la primera reunión del Pleno celebrada el pasado 7 de abril de 2015.
La composición y funcionamiento del Observatorio se establecen en el capítulo III del Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero.
El citado órgano funciona en Pleno, en Comisión Ejecutiva y en los Grupos de Trabajo que se creen al efecto. Asimismo se rige por su reglamento interno.
El Pleno se reúne con carácter ordinario al menos dos veces al año, y con carácter extraordinario cuando lo convoque el presidente, a iniciativa propia o a solicitud de, al menos, la tercera parte de sus miembros. En él están presentes las organizaciones y asociaciones más representativas de la cadena alimentaria, desde el productor al consumidor final, y a la propia administración, convirtiéndose así en un instrumento participativo que permite identificar líneas de mejora y actualización de la cadena alimentaria.
La Comisión Ejecutiva está compuesta por el presidente, el vicepresidente, el secretario y diez representantes elegidos por el Pleno entre sus miembros.
Las funciones del Observatorio se establecen en el artículo 20 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto.
Con carácter general, la citada Ley encomienda al Observatorio:
Además de las anteriores, el Observatorio tiene las siguientes funciones relacionadas con el Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria:
Año 2016:
Año 2015:
Los trabajos que se realicen en el marco del Observatorio de la Cadena Alimentaria permitirán:
A continuación se especifican los trabajos realizados hasta la fecha:
El Observatorio de la Cadena Alimentaria, en su reunión del pasado 11 de noviembre de 2015, informó favorablemente sobre el contenido del Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, al completar los instrumentos previstos en la norma.
El citado Código establece los principios sobre los que han de fundamentarse las relaciones comerciales entre los diferentes operadores que intervienen en la cadena con el objeto de facilitar el desarrollo de sus relaciones contractuales y garantizar las mejores prácticas. +Info
El informe sobre prácticas comerciales en la cadena alimentaria se elabora anualmente con objeto de seguir la evolución de las relaciones comerciales, detectar la aparición de nuevas prácticas, y garantizar la permanente actualización de los compromisos de la Ley. Asimismo, aporta transparencia e información sobre el funcionamiento de la cadena y evalúa la calidad de las relaciones entre los operadores.
- Informe sobre prácticas comerciales 2015
- Informe sobre prácticas comerciales 2014
Los diagramas de las cadenas de suministro y distribución ilustran sobre la cadena de comercialización de los principales productos agrícolas, ganaderos y pesqueros, mediante un diagrama de bloques en el que figuran todos los agentes, las fases y los flujos principales.
Estos estudios, junto con estudios de costes internos, permiten contar con información periódica y actualizada acerca de las interrelaciones entre las fases de la cadena de comercialización del producto y de la traslación del valor generado en cada una de las etapas, complementando de esta forma a los estudios de cadena de valor ya existentes.
Estas nuevas cadenas de valor incluyen precios y volúmenes en cada fase procedentes de estadísticas oficiales (MAGRAMA, DATACOMEX, FEGA, AICA, etc.). +Info
Estos estudios recogen los aspectos más destacados de determinados productos, incluyendo las características botánicas y comerciales, los datos más relevantes de producción, mercados y consumo, así como los elementos que componen la cadena de valor. Asimismo especifican la observación y tendencias en la cadena de comercialización.
| Productos agrícolas | Productos ganaderos | Productos pesqueros | |
|---|---|---|---|
| Acelga | Cerdo | Anchoa | |
| Calabacin | Conejo | Atún- Bonito | |
| Cebolla | Cordero | Bacaladilla | |
| Clementina | Huevo | Caballa | |
| Judía Verde | Pollo | Chirla | |
| Lechuga | Ternera | Dorada | |
| Limón | Gallo | ||
| Manzana | Jurel | ||
| Naranja | Mejillón | ||
| Patata | Merluza | ||
| Pera | Pescadilla | ||
| Pimiento | Pez espada | ||
| Plátano | Salmón | ||
| Tomate | Sardina | ||
| Zanahoria | Trucha |
En el marco del Observatorio de la Cadena Alimentaria se analizan los últimos datos disponibles sobre el consumo alimentario dentro y fuera de los hogares españoles, se observan los factores con mayor incidencia en la evolución del consumo y se analizan los hábitos de compra a través del clima de confianza y los nuevos hábitos de consumo. Asimismo, se estudia la evolución de los precios de la alimentación en los últimos años y se analizan los últimos datos disponibles.
Tal y como se establece en el artículo 20, apartado 2, de la Ley 12/2013, de 2 de agosto:
“Anualmente el Observatorio de la Cadena Alimentaria elaborará un informe de evaluación de los avances registrados y los resultados logrados en la mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria y de la eficacia de las actuaciones desarrolladas, que será remitido a las Cortes Generales”.
| Ene | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ago | Sep | Oct | Nov | Dic | 2017 |
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A través de la disposición derogatoria única de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, queda derogado el Real Decreto 509/2000, de 14 de abril, por el que se crea el Observatorio de Precios de los Alimentos.