La reserva Marina de Cabo Tiñoso se localiza en el litoral de Murcia, al sur de Cartagena y comprende tanto aguas interiores como exteriores, siendo por tanto su gestión compartida entre la Comunidad Autónoma de Murcia y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación respectivamente. El entorno de Cabo Tiñoso ofrece un gran potencial ecológico al contar con praderas de fanerógamas marinas, cuevas sumergidas o arrecifes artificiales.
Nombre | CABO TIÑOSO |
Localización | Murcia-Comunidad Autónoma de Murcia. España |
Extensión | 1.173,79 ha |
Año de Creación | 2016, por Decreto nº 81/2016, de 27 de julio, por el que se declara la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso. 2017, y por Orden APM/844/2017 de 28 de agosto, por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso a partir de estudios realizados por el Instituto Español de Oceanografía y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. |
Gestor | Secretaría General de Pesca (MAPA) y Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente de la Región de Murcia. |
Fines principales | Reserva Marina de interés pesquero |
Los estudios realizados de caracterización y diagnóstico integral del ecosistema marino de la zona de Cabo Tiñoso, así como la recopilación de información, mediante sistemas avanzados de estudios y prospecciones submarinas, no han venido sino a confirmar la singularidad e importancia de este enclave marino, con un elevado valor ecológico, motivado entre otros factores por la presencia de fanerógamas marinas bien conservadas, cuevas sumergidas, bancos de arenas o arrecifes artificiales. Estas praderas suponen un hábitat excepcional para el alevinaje de especies de interés pesquero.
Esta singularidad de características bióticas junto con las características de salinidad y temperatura, similares a la de la plataforma continental entre el Cabo de La Nao y el Cabo de Gata, sufriendo marcadas influencias de las estaciones y de las aguas atlánticas procedentes del Estrecho, hacen de este enclave un hábitat excepcional para la reproducción y alevinaje de distintas especies, destacando por supuesto las de interés pesquero, que aportan riqueza a los caladeros de pesca artesanal de la zona.
Las aguas interiores se dividen cuatro células:
o Área marina delimitada por la franja de 500 metros alrededor de la costa de la Isla de Las Palomas que corresponde con la célula A.
o Aguas comprendidas entre la línea de costa y la isóbata de 50 m del entorno de Cabo Tiñoso hasta Isla Plana, que corresponde con las células B, C y D, siendo la célula B una zona establecida como reserva integral.
El ámbito de aplicación para las aguas exteriores se extiende dentro del área comprendida entre la isóbata de los 50 metros de profundidad y las líneas de base rectas, siendo toda esta zona establecida como reserva integral
La reserva marina cuenta con un servicio de vigilancia de guardapescas así como una embarcación.
- Regulación de usos en aguas interiores
Permitida con artes menores previa autorización.
CELULA A | CELULA B | CELULA C | CELULA D | |
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FONDEO | PERMITIDO UNICAMENTE EN PUNTOS DE AMARRE HABILITADOS POR LA CONSERJERIA | NO PERMITIDO | PERMITIDO UNICAMENTE EN PUNTOS DE AMARRE HABILITADOS POR LA CONSERJERIA | PERMITIDO EN ZONAS SIN PRADERAS DE POSIDONIA |
PESCA RECREATIVA (DESDE TIERRA, EMBARCACION O SUBMARINA | NO PERMITIDA | NO PERMITIDA | NO PERMITIDA | PERMITIDA |
BUCEO AUTONOMICO | PERMITIDO PREVIA AUTORIZACIÓN | NO PERMITIDO, A EXCEPCION DE LAS ZONAS DE "CABO FALCO" Y "BAZA " PREVIA AUTORIZACIÓN. | PERMITIDO PREVIA AUTORIZACIÓN | PERMITIDO |