El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), recoge en su artículo 13 que al formular y aplicar las políticas de la Unión en materia de agricultura, pesca, transporte, mercado interior, investigación y desarrollo tecnológico y espacio que, la Unión y los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles, respetando al mismo tiempo las disposiciones legales o administrativas y las costumbres de los Estados miembros relativas, en particular, a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional.
Es decir que, el bienestar animal constituye una responsabilidad compartida entre la Comisión Europea y los Estados miembros de la Unión Europea (UE).
España, como Estado miembro de la Unión Europea, aplica la normativa comunitaria desde el 1 de enero de 1986, fecha de su adhesión a la entonces Comunidad Económica Europea. No obstante, la normativa comunitaria en materia de bienestar animal se remonta a 1974, con la aprobación de la Directiva relativa al aturdimiento de los animales antes de su sacrificio. Desde entonces, además del ámbito del sacrificio, la legislación ha regulado otros aspectos en materia de protección animal, como las condiciones de estancia y manejo en las explotaciones, el transporte de animales, la matanza y la utilización de animales con fines científicos.
En el ámbito nacional, corresponde al Estado la elaboración de la normativa básica en materia de bienestar animal, así como la coordinación de su aplicación en todo el territorio. Asimismo, ostenta la competencia en materia de supervisión y control del cumplimiento de los requisitos de protección animal en frontera. Por su parte, las comunidades autónomas son responsables de la aplicación y ejecución de esta normativa en sus respectivos territorios.
En esta página puede encontrarse información específica sobre bienestar animal, tanto en lo relativo a la protección de los animales usados con fines agrarios en las explotaciones, durante el transporte y en la matanza, como en lo referente a la protección de los animales utilizados con fines de investigación y docencia.
La información relativa a la protección de animales de compañia, puede encontrarla en el siguiente enlace: Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 - Derechos de los animales