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Información institucional y organizativa

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Funciones de ENESA

La Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A. (ENESA), dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subsecretaría del Departamento, actúa como órgano de coordinación y enlace de la Administración para el desarrollo de los seguros agrarios.

Las funciones fundamentales que la legislación encomienda a la entidad se concretan en la elaboración del Plan Anual de Seguros Agrarios, en la concesión de subvenciones a los agricultores y ganaderos para atender al pago de una parte del coste del seguro y en la colaboración con las comunidades autónomas en estas materias. Un listado más completo de las funciones de ENESA, según la legislación vigente, incluye las siguientes:
 

  • Elaborar y proponer al Gobierno el Plan Anual de Seguros Agrarios.

  • Proponer al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para su aprobación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, los rendimientos asegurables, los precios a efectos del seguro y las fechas límite de suscripción de las pólizas de seguro.

  • Controlar, en el ámbito agrario, el desarrollo y la aplicación de los planes de seguros agrarios, así como suscribir con la Agrupación de Entidades Aseguradoras un convenio para la ejecución del Plan.

  • Realizar los estudios necesarios sobre los daños ocasionados a las producciones agrarias, los medios de prevención de riesgos y los de investigación que sean necesarios para su cobertura.

  • Fomentar y divulgar los seguros agrarios.

  • Actuar como árbitro de equidad en las cuestiones que puedan surgir cuando ambas partes (asegurado y asegurador) acuerden someterlas a su decisión arbitral.
     

Estructura organizativa

La estructura organizativa de ENESA se articula en órganos de gobierno, responsables de dirigir y supervisar la actividad del organismo, un órgano ejecutivo, encargado de su gestión diaria, y órganos de consulta y coordinación, que favorecen la participación y la colaboración entre las administraciones y los agentes implicados en el sistema de seguros agrarios.

La Presidencia de ENESA corresponde a la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, quien, además, preside el Consejo Rector, máximo órgano de gobierno del organismo. La Dirección, cuyo titular es nombrado por el Ministerio, asume la gestión ordinaria de ENESA. Completan esta estructura la Comisión General, principal órgano de consulta y participación, y la Comisión de Coordinación con las Administraciones de las Comunidades Autónomas sobre Seguros Agrarios, que facilita la cooperación entre ENESA y las comunidades autónomas.
 

Órganos de gobierno de ENESA: Presidencia y Consejo Rector

La dirección y el funcionamiento de ENESA corresponden a dos órganos de gobierno: la Presidencia y el Consejo Rector, cuyas funciones están definidas en la normativa que regula el organismo.

La Presidencia

La Presidencia ejerce la máxima representación y dirección de ENESA. Entre sus principales funciones se encuentran:

  • Dirigir la actividad del organismo y representar a ENESA ante otras administraciones e instituciones. 

  • Presidir el Consejo Rector y convocar sus reuniones. 

  • Dirigir al personal y organizar los servicios de la Entidad. 

  • Elaborar y presentar al Consejo Rector las propuestas de planificación y la memoria anual de actividades. 

  • Presentar la propuesta del Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para su tramitación y posterior aprobación por el Consejo de Ministros. 

  • Formalizar convenios y otros instrumentos de colaboración con entidades públicas y privadas cuando sean necesarios para el cumplimiento de los fines de ENESA. 

  • Aprobar el proyecto de presupuesto, rendir las cuentas del organismo y remitirlas al Tribunal de Cuentas a través de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE). 

  • Ejercer las demás funciones que le atribuya la normativa vigente. 

El Consejo Rector

El Consejo Rector es el órgano encargado de supervisar la actividad de ENESA y orientar su actuación. Entre sus funciones destacan:

  • Supervisar y controlar la actividad del organismo. 

  • Aprobar los planes de actuación, los objetivos y los indicadores para evaluar su cumplimiento. 

  • Aprobar la memoria anual y los informes de actividad. 

  • Proponer modificaciones en la estructura organizativa y en la relación de puestos de trabajo. 

  • Elaborar los informes y propuestas relacionados con las competencias de ENESA que le sean requeridos. 

  • Proponer al Gobierno el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para su aprobación. 

  • Analizar los resultados de contratación y siniestralidad de los seguros agrarios, así como otras cuestiones relacionadas con la actividad de la Entidad. 

  • Ejercer las demás funciones que le atribuya el ordenamiento jurídico. 
     

Órgano ejecutivo de ENESA: Dirección

La Dirección es el órgano ejecutivo de ENESA y se encarga de la gestión ordinaria del organismo. Entre sus principales funciones se encuentran:

  • Dirigir al personal y coordinar los servicios y actividades de ENESA. 

  • Elaborar la propuesta de relación de puestos de trabajo y el anteproyecto de presupuesto. 

  • Preparar el plan anual de actuación y la memoria de actividades, y elevarlos al Consejo Rector para su aprobación. 

  • Contratar al personal laboral de acuerdo con la normativa aplicable. 

  • Adjudicar y formalizar los contratos necesarios para el funcionamiento de la Entidad. 

  • Aprobar los gastos y ordenar los pagos dentro de los límites establecidos en el presupuesto. 

  • Gestionar la actividad económico-financiera de ENESA. 

  • Promover la elaboración de estudios e informes y aprobarlos, cuando proceda, a propuesta del órgano competente. 

  • Ejercer las demás competencias que la normativa atribuya a la Entidad y que no estén asignadas expresamente a otro órgano.


Órganos de Consulta y Participación: Comisión General y Comisión de Coordinación con las Administraciones de las Comunidades Autónomas

La Comisión General
La Comisión General es el principal órgano de consulta y participación de ENESA en materia de seguros agrarios. Entre sus funciones se encuentran:

  • Elevar al Consejo Rector la propuesta del Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados. 

  • Analizar los datos de contratación, siniestralidad y otros indicadores relevantes del sistema de seguros agrarios. 

  • Participar en los grupos de trabajo previstos en la normativa, en los que se estudian y analizan las condiciones de las distintas líneas de seguro agrario. 

  • Elaborar y debatir informes y propuestas sobre seguros agrarios cuando así lo establezca la normativa o lo solicite el Gobierno.

Comisión de Coordinación con las Administraciones de las Comunidades Autónomas
La Comisión de Coordinación con las Administraciones de las Comunidades Autónomas sobre Seguros Agrarios es el órgano de coordinación y colaboración entre ENESA y las administraciones de las comunidades autónomas en materia de seguros agrarios. Está integrada por representantes de ambas administraciones. Entre sus funciones se encuentran:

  • Intercambiar información sobre las actuaciones que ENESA y las comunidades autónomas desarrollan o prevén desarrollar, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de seguros agrarios. 

  • Contribuir a la elaboración de las condiciones del seguro, especialmente de aquellas que afectan a producciones de ámbito autonómico. 

  • Analizar y debatir cualquier otra cuestión de interés relacionada con los seguros agrarios que, a juicio de la Presidencia, deba ser tratada por la Comisión para mejorar la coordinación y la eficacia de las actuaciones.
     

Organigrama

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Documentos

Curriculum Vitae Presidente – Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación

Régimen jurídico de ENESA

El marco jurídico general aplicable a ENESA, como organismo autónomo con personalidad jurídica propia, puede consultarse en el siguiente enlace.
 

Última actualización de la página el 15 de septiembre de 2026

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