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»El mecanismo de transmisión permite al cedente seguir explotando un 10% de la superficie de su explotación sin superar 1 ha., o una Unidad de Ganado Mayor (U.G.M), con el fin de obtener productos para el consumo familiar.
»Además puede conservar las construcciones siempre que las dedique a vivienda permanente.
Con las excepciones arriba indicadas, las transmisiones se rigen por las siguientes orientaciones:
Si el cedente llega a un acuerdo con uno o varios cesionarios
Si el cedente no encuentra cesionarios:
En cualquier caso, cualquiera que sea el destino de las tierras cedidas, la nueva actividad será compatible con el mantenimiento o mejora del medio ambiente y el entorno rural.