Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas. [Enlace BOE]
A continuación, se facilita un breve resumen sobre lo que establece el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero.
Objetivo. Este Real Decreto regula principalmente las normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino intensivo y modifica parte de la normativa de ordenación del porcino extensivo. Dentro de esa regulación incorpora aspectos de bienestar animal ligados a la bioseguridad, formación y gestión de las granjas.
Responsabilidad del titular. El titular de la explotación es responsable del cumplimiento de las normas sobre bioseguridad, higiene, sanidad y bienestar animal, lo que implica que debe aplicar medidas efectivas para evitar sufrimiento, enfermedades o estrés innecesario.
Formación del personal que trabaja con los animales. Para asegurar un trato adecuado de los animales, el titular de la explotación debe garantizar que todas las personas que trabajan con ganado porcino tengan formación suficiente sobre bienestar animal, higiene, bioseguridad y sanidad. La formación mínima exigida es de 20 horas en temas específicos (anexo III) dentro de los 6 primeros meses de trabajo. La formación deberá actualizarse de manera periódica, al menos, cada 5 años.
Bioseguridad efectiva para proteger la salud y el bienestar. Aunque es un aspecto transversal, la bioseguridad impacta directamente en el bienestar: control de acceso, higiene de instalaciones, medidas de prevención de enfermedades y manejo adecuado del entorno del animal contribuyen a su salud y confort.
Medio ambiente y condiciones de instalación. Las condiciones ambientales (aire, temperatura, higiene y espacio) están reguladas de forma que tengan un efecto positivo en el bienestar general, al integrarse con la normativa de reducción de emisiones, gestión de residuos y calidad de las instalaciones.