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La orden tiene como objetivo prevenir distorsiones en el mercado del aceite de oliva y garantizar la estabilidad del mismo

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden por la que se establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026/27, que tiene como objetivo regular la oferta para mejorar y estabilizar el funcionamiento del sector del aceite de oliva.

 

La norma ha sido sometida a la audiencia pública y a los distintos informes preceptivos.

 

El artículo 167 bis del Reglamento comunitario1308/2013 establece que, con el fin de mejorar y estabilizar el funcionamiento del mercado común de los aceites de oliva y de las aceitunas de las que proceden, los Estados miembros productores podrán establecer normas de comercialización para regular la oferta.

 

Para desarrollar la aplicación de este reglamento en España, el Gobierno aprobó el Real Decreto 84/2021, que contempla, cuando las condiciones de mercado lo justifiquen, establecer normas de comercialización para mejorar la estabilidad y funcionamiento del mercado para una campaña determinada, mediante la retirada de producto hasta la campaña siguiente y/o su destino a uso no alimentario. Se trata, por tanto, de una medida de aplicación excepcional de carácter coyuntural.

 

La condición indispensable para poder activar este mecanismo de retirada es que el nivel de existencias iniciales de la campaña más las estimaciones de producción alcancen el 120 % del nivel medio de este sumatorio de las seis campañas anteriores. 

 

Las condiciones climáticas de la primavera pasada en las principales zonas olivareras, con temperaturas suaves y precipitaciones abundantes, permitieron una buena floración y cuajado del fruto, lo que se ha visto reflejado en los datos aforados por las comunidades autónomas, que ofrecen una estimación de producción para la campaña 2026/2027 de 1.602.596 toneladas, un 23 % por encima de la anterior. Esta cantidad supondría la cuarta campaña de mayor volumen en el registro histórico.  

 

Por otro lado, las existencias iniciales de esta campaña 2026/2027 se han situado, según el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas que recoge los datos de los operadores y que fueron publicados por el ministerio el pasado 28 de octubre, en 357.040 toneladas, un 23,3 % por encima de las existencias de la campaña precedente. 

 

La orden de comercialización publicada hoy recoge el criterio de determinación del porcentaje de retirada de aceite de cualquier categoría, a decidir por el operador, sobre el total de la producción acumulada mensualmente de aceite de oliva. Las instalaciones concernidas serían las almazaras productoras en el conjunto del territorio nacional.

 

Una vez publicada la orden, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación determinará, antes del 15 de noviembre y mediante resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, el porcentaje de aceite de oliva que deberá ser retirado hasta el final de la presente campaña 2026/2027. Esta resolución se podrá modificar posteriormente a la luz de los resultados del almacenamiento y de su efecto en la estabilización del mercado oleícola.

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