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2026(e)ko apirilaren 16(a)

Tras la evaluación favorable del riesgo epidemiológico

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La evolución favorable de la influenza aviar ya había permitido flexibilizar desde el pasado 1 de abril las medidas de confinamiento, que se mantenían únicamente en los humedales y municipios considerados de mayor riesgo

El ministerio recomienda mantener y reforzar las medidas de bioseguridad en todas las granjas de aves, así como comunicar a los servicios veterinarios oficiales cualquier sospecha de enfermedad

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación levanta desde hoy, 16 de abril, en toda España las medidas de confinamiento de aves de corral como consecuencia de la influenza aviar, que aún se mantenían en humedales y aquellos municipios considerados de mayor riesgo. La nueva medida se adopta dada la buena evolución de la situación epidemiológica de la enfermedad durante las últimas semanas.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la orden ministerial. El ministerio señala que, por precaución, se deben mantener las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas para evitar el contacto con aves silvestres, así como reforzar la vigilancia pasiva, tanto en éstas como en explotaciones avícolas. En este sentido, se insta a que ante cualquier sospecha de enfermedad, sobre todo en aves domésticas, se realice la notificación pertinente a los servicios veterinarios oficiales.

España mantiene desde el pasado mes de febrero el estatus de país libre frente a Influenza Aviar otorgado por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) a efectos del comercio exterior. De esta forma, actualmente no existe ningún tipo de restricción para los movimientos de aves y sus productos para el comercio nacional e intracomunitario. 

Las medidas preventivas de mitigación de riesgo frente a la influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) se adoptaron para todo el territorio nacional mediante la Orden APA/1288/2025, de 11 de noviembre. Entre estas, se encontraban el confinamiento de las aves en sus explotaciones, la adopción de determinadas medidas de bioseguridad y la prohibición de concentraciones de aves de corral. 

La eficacia de la adopción de estas medidas se pone de manifiesto en que, desde su entrada en vigor, tan sólo se habían visto afectadas por la influenza aviar en España dos granjas de gallinas en la provincia de Lleida -en diciembre de 2025 y enero de 2026-, a pesar del alto riesgo de introducción de la enfermedad durante los últimos meses, con un elevado número de casos detectados en aves silvestres. 

La favorable evolución de la situación epidemiológica de la enfermedad en el territorio nacional ya permitió levantar parcialmente las medidas de confinamiento en todo el territorio nacional desde el 1 de abril, excepto en los municipios considerados de mayor riesgo (listados en los anexos II y III de la Orden 2442/2006, de 27 de julio).

Este virus no puede ser transmitido al ser humano a través de carne de ave cocinada, huevos o productos procesados derivados de ellos. Se recomienda, no obstante, minimizar el contacto innecesario con las aves que muestren síntomas clínicos o se hallen muertos en el campo. 

Hay disponible más información sobre la influenza en este enlace
 

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