De cara al cumplimiento de las obligaciones del Reglamento (UE) 2019/6, y en relación con la información que deben ofrecer los establecimientos que vendan medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción al público mediante servicios de la sociedad de la información, los datos que deberán estar disponibles en las páginas web que realizan venta a distancia son los dispuestos en el artículo 104.5 del Reglamento (UE) 2019/6:
a) Los datos de contacto de la autoridad competente en el que esté establecido el minorista que ofrece los medicamentos veterinarios. En este caso deben incluir los datos de contacto de la Comunidad Autónoma en la que esté autorizado el establecimiento que ofrezca la venta a distancia.
b) Un enlace al sitio web del Estado miembro en el que se muestre información sobre la venta a distancia de medicamentos no sujetos a prescripción. En este caso deberán incluir el enlace de la web del MAPA, en la que se incluirá toda la información pertinente sobre venta a distancia, logotipo comunitario, legislación aplicable, listado de establecimientos que pueden hacer la venta a distancia y otra información de interés. El enlace sería:
c) El logotipo común de venta a distancia diseñado por la Comisión Europea, que será claramente visible en cada una de las páginas del sitio web relacionadas con la oferta de venta a distancia de medicamentos veterinarios y que llevará un enlace a la entrada correspondiente al minorista en la lista de distribuidores autorizados que estará disponible en la web del MAPA, a través del mismo link que se muestra en el apartado anterior.