El Registro Electrónico del MAGRAMA admitirá aquellos sistemas de firma electrónica que cumplan lo establecido en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, y resulten adecuados para garantizar la identificación de los participantes y, en su caso, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos. Las personas físicas podrán, en todo caso, utilizar el certificado de firma incorporado en el DNI electrónico. Además, los ciudadanos podrán utilizar otros sistemas de firma electrónica avanzada. En el siguiente listado se muestran los certificados de firma admitidos actualmente en el Registro Electrónico del MAGRAMA.