La ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, determina que una vez aprobado el Programa, se le debe poner íntegramente a disposición del público interesado y de las administraciones afectadas, junto con una documentación que sintetice los principales aspectos de la evaluación.
Documento de síntesis sobre la evaluación ambiental del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, a disposición del órgano ambiental, las administraciones públicas afectadas previamente consultadas y el público interesado, según artículos 14 y 24 de la Ley 9/2006.
Por su importancia en la evaluación realizada, se pone igualmente a disposición del público la Memoria Ambiental conjunta del Programa, que incluye la respuesta razonada dada a las alegaciones y sugerencias recibidas en el periodo de información pública y de consultas del Programa.