Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Instrumentos Financieros Plan Estratégico de la PAC 2023-2027

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Plan Estratégico de la PAC, junto con el Reglamento (UE) 2021/2116 Horizontal de la PAC, así como el Reglamento (UE) 2021/1060 de Disposiciones Comunes, crean el marco legislativo para los instrumentos financieros cofinanciados con recursos FEADER, en el periodo 2023-2027.

La ayuda en forma de instrumentos financieros según lo establecido en el artículo 58 del Reglamento (UE) 2021/1060 podrá concederse con arreglo a los tipos de intervenciones contemplados en los artículos 73 a 78 del REGLAMENTO (UE) 2021/2115 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 2 de diciembre de 2021.

Se espera que los instrumentos financieros aumenten su presencia como mecanismo de apoyo a los sectores agrícola y agroalimentario para lograr los avances necesarios para alcanzar los objetivos de la nueva Política Común Europea.

Como novedades destacables en este nuevo periodo que dará comienzo en 2023, se han introducido una serie de flexibilidades en la normativa en comparación con el período de programación anterior. Se permite la financiación de capital circulante independiente de inversiones, una mayor flexibilidad en la elegibilidad de las inversiones y nuevas posibilidades para combinar subvenciones e instrumentos financieros en una sola operación entre otras. 

La nueva PAC incrementa el foco en los jóvenes agricultores y los nuevos agricultores, que se encuentran aún con importantes barreras para acceder al sector. El importe máximo de la ayuda para el establecimiento de jóvenes agricultores y la puesta en marcha de nuevas empresas rurales se incrementa hasta los 100 000 EUR, a los que se puede acceder también a través de la ayuda en forma de instrumentos financieros o en combinación con subvenciones.

Si el mecanismo de apoyo se presta a través de instrumentos financieros, se puede financiar la compra de tierras para agricultores jóvenes hasta el 100% del importe sin necesidad de que sea una nueva instalación.

Para la puesta en marcha de instrumentos financieros en el Plan Estratégico de la PAC se requiere de una evaluación ex ante realizada bajo la responsabilidad de la autoridad de gestión, debe completarse antes de que las autoridades de gestión destinen contribuciones de un programa a los instrumentos financieros y debe incluir al menos los elementos siguientes:

  • el importe propuesto de la contribución del programa al instrumento financiero y el efecto de apalancamiento estimado acompañados de una breve justificación
  • los productos financieros que se proponga ofrecer, incluida la posible necesidad de recurrir a un tratamiento diferenciado de los inversores;
  • el grupo destinario propuesto de perceptores finales;
  • la contribución prevista del instrumento financiero a la consecución de los objetivos específicos.

En el caso del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada del periodo 2023-2027, se ha realizado una evaluación ex-ante a partir de una revisión y actualización de la realizada en el periodo anterior, cubriendo todo el territorio nacional.

El resultado de la evaluación ex ante se ha plasmado en un informe y un resumen ejecutivo disponibles para su descarga en el apartado "documentos de interés".

Documentos de interés:

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