Los bancos de germoplasma son, conforme define el Real Decreto 45/2019, de 28 de febrero, colecciones de material genético (esperma, ovocitos, embriones, células somáticas o ADN) reconocidas oficialmente en el marco del programa de cría, cuya finalidad sea la conservación ex situ o el uso sostenible de las razas puras de ganado.
La constitución de bancos de germoplasma podrá ser promovida por las asociaciones de criadores de razas puras, especialmente autóctonas, o los servicios oficiales reconocidos para la gestión de un programa de cría, de forma autónoma o en colaboración con otras instituciones. Estas colecciones deberán contar con el reconocimiento de las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas donde se ubiquen, salvo el Banco Nacional de Germoplasma Animal, que depende de la Administración General del Estado.
Los bancos de germoplasma aportan una serie de ventajas que les hacen constituirse en elementos insustituibles dentro de la estructura de los programas de cría nuestras razas de ganado. La más obvia es su capacidad para preservar indefinidamente una raza o variedad, al ser la única herramienta que nos permite garantizar, sin ningún género de dudas, su conservación a muy largo plazo.
A lo anterior hemos de sumar que la conservación se realiza de forma independiente a las condiciones que afectan a la población gestionada in-situ, protegiendo el material almacenado de desastres naturales y epizootias. Así mismo, también se la protege de los cambios genéticos (intencionados o fortuitos) que pudiese sufrir, permitiendo el material criopreservado revertir los efectos de una incorrecta selección o de la deriva genética causada por bajos tamaños censales.
Gracias a todos estos atributos, los bancos de germoplasma pueden cumplir diversas funciones, dentro de las cuales, la más importante es la de poder recrear una raza o estirpe extinta en las granjas. No obstante, los bancos de germoplasma también pueden desempeñar otros cometidos, apoyando a los programas de conservación in-situ, a los de selección o a la creación de nuevas líneas o razas.
Finalmente, la relevancia de las actividades de conservación ex situ también se ve reflejada en que el material reproductivo almacenado haya sido considerado como uno de los indicadores (2.5.1) para realizar el seguimiento de consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible de la ONU que pretende “Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible”.