El Artículo 49 del Reglamento 1305/2013 de selección de operaciones determina que será la Autoridad de Gestión la que establecerá los criterios de selección de las operaciones previa consulta al comité de seguimiento. Los criterios de selección deberán garantizar un trato equitativo a los solicitantes, un uso más satisfactorio de los recursos financieros y la orientación de las medidas hacia las prioridades de desarrollo rural de la Unión. Los criterios de selección se elaborarán y aplicarán atendiendo al principio de proporcionalidad en relación con el tamaño de la operación.
Para la elaboración de los criterios de selección de las operaciones incluidas en el programa nacional se han tenido en cuenta los ámbitos de interés (áreas focales FEADER) tanto principales como secundarios, las necesidades de programación a las que responde cada operación, las orientaciones expresamente incluidas en el programa para establecer los criterios de selección en este tipo de operaciones, así como los objetivos transversales del mismo y las determinaciones de la Declaración Ambiental Estratégica que se apliquen en cada operación.
Los criterios de selección de las operaciones de las submedidas del PNDR (en el caso de la submedida 15.2, y la medida 20, no existe obligación de tener criterios para priorizar las operaciones a seleccionar) fueron aprobados por la Autoridad de Gestión del PNDR, tras el dictamen favorable del Comité de Seguimiento del Programa, el 30 de julio de 2015. Tras la incorporación de nuevas submedidas al PNDR a partir de su versión 8.1, el 10 de noviembre de 2021, se sometió a dictamen del Comité la aprobación de los criterios de selección de las operaciones de éstas, que son las relacionadas con la digitalización (M1.1, M1.2, M2.1, M2.2 y M2.3); el día 23 del mismo mes, estos criterios de selección fueron aprobados por la Autoridad de Gestión del PNDR.
Por otra parte, el Comité ha emitido dictámenes favorables para la modificación de los siguientes criterios en sucesivas ocasiones:
- M 4.2: por procedimiento escrito, el 13 de octubre de 2017 y el 13 de septiembre de 2019.
- M 4.3: en junio de 2016 y por procedimiento escrito el 21 de noviembre de 2017 y el 5 de mayo de 2021.
- M 8.3: en reunión por procedimiento escrito del 25 de octubre de 2019.
- M 8.4: en reunión presencial el 29 de junio de 2017 y por procedimiento escrito el 26 de octubre de 2020.
- M 9.1: el 22 de febrero de 2016 y nuevamente el 13 de octubre de 2017, ambas por procedimiento escrito.
- M 16.1 y 16.1+16.2: en reunión por procedimiento escrito, el 21 de diciembre de 2017.
A continuación se puede acceder a los criterios de selección establecidos para cada una de las medidas (en el caso de que se haya producido alguna modificación de los mismos, solamente aparecerá la versión oficial mas reciente).