Resumen: En los últimos tiempos se viene asistiendo a la progresiva implantación de medidas de reforma de la política de mercados y precios, que han de permitir resolver de forma adecuada los problemas financieros y de excedentes que su misma aplicación ha conllevado, adecuar las medidas en vigor a las actuales condiciones del mercado agroalimentario mundial y comunitario, y hacer frente a los desafíos que para el año 2000 tiene la agricultura europea Se impone para ello una restrictiva política de precios, la extensión del principio de corresponsabilidad de los productores, una mayor flexibilidad de la intervención que ha de recuperar su tradicional función de seguridad y dejar de ser la salida usual de los productos excedentarios, y un fortalecimiento de los criterios de calidad En este contexto, de profunda modificación de los objetivos y los instrumentos agrícolas vigentes a nivel de mercados, la política estructural comunitaria no puede quedar al margen y ha de coadyuvar a la consecución de los fines antedichos, sin que por ello haya de perder su autonomía y sus específicas funciones La política de estructuras agrícolas del futuro pasa a fundarse en varios ejes: El apoyo al esfuerzo que las explotaciones deberán realizar para adaptarse a las nuevas realidades del mercado; la promoción del desarrollo de las zonas rurales que permita mantener un tejido socioeconómico suficiente y una comunidad agrícola viable; la protección del medio ambiente y la conservación duradera de los recursos naturales de la agricultura. Iniciadas algunas de estas líneas en 1985 (Reglamento CEE 797/85, DOCE L 93/85) con la instauración de la llamada «nueva política de estructura», el año 1987 y, sobre todo, el año 1988, pasarán en el futuro a conocerse como los años de la reforma de la política estructural comunitaria…