Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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  • Regulación de la pesca española, planes de gestión y recuperación

La pesca en el Atlántico Sudoeste

     

    La flota española dirigida a la captura de especies transzonales trabaja en   aguas internacionales de la Plataforma Argentina, en la zona FAO 41.3.2. Se trata de una zona que no está cubierta por ninguna Organización de Pesca o de Conservación de Recursos Vivos Marinos.

    Debido a la ausencia de una Organización Internacional que regulara la actividad pesquera de fondo, España,  siguiendo el mandato de la Resolución 61/105 de la Asamblea General de la Naciones Unidas (AGNU),  realizó entre octubre de 2001 y abril de 2010 una serie de campañas de investigación de los fondos marinos en esta área (Proyecto Atlantis) con objeto de evaluar el posible efecto nocivo de los artes de pesca de fondo en los Ecosistemas Marinos Vulnerables.

    El resultado del Proyecto se presentó a  la AGNU y  en consecuencia  del mismo España prohíbe a su flota pesquera de fondo la actividad en nueve zonas en donde se localizó la presencia de estos ecosistemas y permite esta actividad pesquera en el resto del caladero en donde se ha demostrado que no existe riesgo de daños al medio ambiente marino.

    Las principales  especies capturadas son: merluza (merluccius australis), merluza de cola (Macruronus novaezelandiae), pota (Illex argentinus), calamar (Loligo gahi), marujito (Patagonotothen ramsayi), bacalao criollo (Salilota australis), polaca (Micromesistius australis), rosada (Genypterus blacodes), y raya (Raja spp).

    Legislación

     Reglamento (CE) 734/2009 sobre Protección de los ecosistemas marinos vulnerables en alta mar frente a los efectos adversos de los artes de fondo.

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