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19 de abril del 2022

HOY, EN UNA JORNADA CELEBRADA EN LOGROÑO (LA RIOJA)

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El secretario general destaca el papel fundamental de Ley de la Cadena para obtener unas relaciones comerciales justas, equilibradas y transparentes en la cadena de valor alimentaria

Destaca los aspectos novedosos sobre los contratos alimentarios y la formación de precios como herramienta para el aumento de la transparencia y el respaldo al sector productor primario

El secretario general de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda, ha señalado que la Ley de la Cadena es el mejor activo para crear valor en el conjunto del sector agroalimentario. Miranda ha recalcado la necesidad fomentar la aplicación de esta ley en todos los ámbitos, por todos los eslabones de la cadena, para lograr una aplicación efectiva y obtener unas relaciones comerciales justas, equilibradas y transparentes que beneficie al conjunto de la cadena de valor alimentaria.

 

Fernando Miranda ha participado hoy, en Logroño (La Rioja), en una jornada para divulgar entre los sectores interesados los principales aspectos introducidos en la reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria. La jornada ha contado con la participación de la directora de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), Gema Hernández, quien ha hecho una explicación pormenorizada de la Ley y ha contestado a las preguntas sobre su aplicación que le han trasladado los participantes de la jornada.

 

En su intervención, el secretario general ha recordado que España es pionera en regular las relaciones entre los agentes de la cadena alimentaria con la puesta en marcha de la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Ha explicado que con la reciente modificación de esta norma se ha ampliado el ámbito de aplicación, tanto en lo que se refiere a los operadores regulados, incluyendo a medianos y grandes operadores de la hostelería y la restauración y los operadores de actividades de servicios de alojamiento, como el abanico de productos al introducir productos agrarios no alimentarios.

 

También ha subrayado que gracias a esta ley se aumenta la transparencia en la contratación, a través de la obligatoriedad de formalizar el contrato por escrito en todas las operaciones comerciales, y mediante la incorporación de nuevos elementos a los contratos, como la indicación de las categorías y referencias contratadas. De igual forma, la norma regula los plazos de negociaciones de los contratos con duración igual o superior al año y de las renovaciones de contratos.

 

Asimismo, Miranda ha puesto de relieve el papel transcendental de la ley en la formación de los precios. Así, la base de la negociación para su determinación ha de ser los costes de producción, de tal manera que queda prohibido que los operadores tengan que vender por debajo de dichos costes. Los precios deben reflejarse de forma clara y transparente en los contratos, ha recalcado Miranda, quien ha señalado que el incumplimiento de estas reglas supondrá la nulidad de las cláusulas del contrato relativas al precio y el productor primario podrá exigir la compensación por los daños.

 

A partir de ahora, se presume que el comprador es el responsable de la ausencia de contrato escrito o de la ausencia de precio en el mismo. Además, se ha referido a la futura creación del registro de contratos por parte del MAPA, lo que va a dotar de mayor transparencia a las relaciones comerciales y seguridad para los productores primarios.

 

Por otro lado, se ha hecho especial hincapié en la intensificación de las medidas de lucha contra las prácticas desleales, y en el refuerzo de la cooperación entre autoridades de control. En este ámbito, la AICA se configura como autoridad de control a nivel nacional, que se coordinará con las autoridades de control autonómicas. Miranda ha destacó que la AICA será el organismo competente para actuar cuando se exceda el ámbito de una comunidad autónoma, mientras que en el resto de casos la competencia será de las comunidades autónomas. 

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