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30 de marzo del 2022

PUBLICADA HOY EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (BOE)

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La modificación de la normativa nacional de aplicación de la PAC permite a España acogerse a la opción autorizada por la Comisión Europea para aumentar la producción agraria

Las tierras que iban a quedar en barbecho podrán ser pastoreadas o sembradas con cualquier cultivo sin que esto suponga ningún problema al agricultor en el pago de las ayudas de la PAC

Con esta medida se podrán poner en producción 600.000 hectáreas que en años anteriores se declararon de interés ecológico y otras superficies que estaban en barbecho para cumplir las normas de diversificación de cultivos

El real decreto-ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros en el que se adoptan medidas urgentes en el marco del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania,  que ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluye la modificación de la normativa nacional de aplicación de la Política Agraria Común (PAC) para permitir utilizar para el pasto o el cultivo las superficies de barbecho en la campaña de 2022.

 

La Comisión Europea publicó el pasado 25 de marzo la Decisión de Ejecución (UE) 2022/484, de 23 de marzo de 2022, por la que se establecen excepciones a la normativa comunitaria de la PAC en lo que respecta a dos de las prácticas para poder acceder al pago verde para el año 2022, la diversificación de cultivos y el mantenimiento de superficies de interés ecológico (SIE). El pago verde remunera las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. Las excepciones establecidas tienen el objeto de facilitar un aumento del potencial de producción agrícola de la Unión Europea, tanto para el suministro de alimentos como de piensos, para compensar la pérdida de productos que habitualmente se importan de Rusia y Ucrania.

 

En dicha Decisión se establece que la aplicación de esta medida es opcional y deben ser los estados miembros los que autoricen su aplicación  en cada país mediante la modificación de su normativa nacional de la PAC. Esta modificación aprobada por el Gobierno de España se contiene en la disposición final decimonovena del Real Decreto-ley 6/2022 publicado hoy.

 

DIVERSIFICACIÓN DE CULTIVOS

Para el cumplimiento de esta práctica, las explotaciones que dispongan de entre 10 y 30 hectáreas de tierra de cultivo tienen que tener al menos dos tipos de cultivos diferentes, sin que el principal suponga más del 75%. En el caso de las explotaciones de más de 30 hectáreas de tierra de cultivo, se deben cultivar al menos tres tipos diferentes, de tal manera que el principal no suponga más del 75% del total y los dos cultivos mayoritarios juntos no superen más del 95% . A estos efectos las tierras en barbecho se consideran un tipo de cultivo específico.

 

En la campaña 2022 las tierras en barbecho que, de manera excepcional en aplicación del real decreto-ley publicado hoy hayan sido pastoreadas, segadas con fines de producción o sembradas con cualquier otro cultivo, seguirán siendo consideradas como un cultivo distinto a efectos de la diversificación. Ello  permitirá que el agricultor pueda cobrar la ayuda del pago verde sin ningún tipo de penalización por el hecho de haber sembrado o utilizado para el ganado esa superficie de barbecho.

 

Por ejemplo, si un agricultor con 40 hectáreas de tierra había previsto declarar, para cumplir con esta norma, un 75% de superficie de tierra de cultivo con cebada, un 20% de barbecho y un 5% de girasol, podrá sembrar ahora el 20% de la superficie que tenía previsto dejar de barbecho con girasol, cebada o con cualquier otro cultivo y seguirá cumpliendo con la norma.

 

SUPERFICIES DE INTERÉS ECOLÓGICO

Para el cumplimiento de esta práctica, las explotaciones que tienen más de 15 hectáreas de tierra de cultivo deben contar al menos con un 5% de Superficie de Interés Ecológico (SIE) en dicha tierra de cultivo. El barbecho sin producción es considerado como una SIE, y es de hecho el tipo de superficie que más se declara para el cumplimiento de esta práctica.

 

De acuerdo con la modificación de la normativa publicada hoy, las tierras en barbecho que hayan sido pastoreadas, segadas con fines de producción o sembradas con cualquier otro cultivo, seguirán siendo consideradas, de forma excepcional para la campaña de 2022,  como una superficie de interés ecológico, lo que permitirá al agricultor el cobro de la ayuda al pago verde sin ningún tipo de penalización por el hecho de haber sembrado o utilizado para el ganado esa superficie de barbecho.

 

Además, y también de manera excepcional, se permitirá el uso de productos fitosanitarios en estas superficies de barbecho que se pongan en producción.

 

PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN EN LA SOLICITUD ÚNICA DE LA PAC

Estas excepciones serán de aplicación a las parcelas en barbecho que los solicitantes de la PAC hayan declarado o tengan previsto declarar a efectos del cumplimiento de las prácticas de diversificación de cultivos y de mantenimiento de superficie de interés ecológico.

 

En lo que respecta a la declaración de estas superficies en la solicitud única de ayudas de la PAC de la campaña 2022, el agricultor deberá declarar en los recintos en donde aplique esta excepción la actividad de pastoreo o siega, en su caso, o el producto que corresponda al cultivo que vaya a sembrar si esa es su decisión.

 

La Decisión comunitaria obliga a identificar de manera específica a estos recintos por lo que el agricultor tendrá también que indicar que se trata de una parcela de barbecho puesta en producción para pastoreo, siega o cultivo, lo que permitirá la aplicación, por parte de la administración, de las excepciones necesarias para poder cobrar el pago verde de la campaña 2022.

 

Para ello, las comunidades autónomas adaptarán los sistemas informáticos utilizados para la presentación de la solicitud única de la PAC en 2022, estableciendo los mecanismos necesarios para identificar las parcelas afectadas por esta disposición. En caso de que un agricultor ya hubiese presentado la solicitud de ayuda, podrá modificarla hasta el próximo 31 de mayo, añadiendo la información que corresponda en los recintos de barbecho en los que decida hacer una actividad de producción.

 

Los recintos de barbecho que finalmente sean cultivados podrán ser asimismo elegibles para el cobro de alguna de las ayudas asociadas reguladas en el Título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, como por ejemplo la de  cultivos proteicos, en caso de cumplir los requisitos específicos para las mismas.

 

Gracias a esta decisión se podrán poner en producción las 600.000 hectáreas de barbecho que en años previos se habían declarado como superficie de interés ecológico, así como otras superficies de barbecho que se estén utilizando para cumplir las normas de diversificación de cultivos del pago verde, sin poner en peligro el cobro por parte de los agricultores de esta ayuda desacoplada de la producción. Por este concepto se abonaron ayudas en el ejercicio financiero de 2021 de más de 1.390 millones de euros.

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