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31 de enero del 2022

A PARTIR DE MAÑANA, 1 DE FEBRERO

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Alrededor de 665.000 productores podrán presentar la solicitud única de estas ayudas hasta el próximo 30 de abril

El importe total de las ayudas directas para la campaña 2022 asciende a 4.856 millones de euros, que se podrán abonar a partir del 16 de octubre

Se trata de la última campaña del periodo transitorio, que garantiza la continuidad de las ayudas actuales hasta el 1 de enero de 2023, fecha en la que se pondrá en marcha el nuevo Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027

Alrededor de 665.000 productores agrícolas y ganaderos podrán presentar a partir de mañana, 1 de febrero, la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) para 2022. El plazo permanecerá abierto hasta el día 30 de abril. El importe total de estas ayudas asciende a 4.856 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre, y completar el saldo a partir del 1 de diciembre.

Mediante la solicitud única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. La correcta cumplimentación de la solicitud y la presentación dentro del plazo establecido resulta de gran importancia para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas.

Como en campañas anteriores, la solicitud única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma. En caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.

Las ayudas directas que se pueden solicitar se recogen en el real decreto aprobado a finales de 2014, y modificado el 29 de diciembre de 2021, sobre la aplicación a partir de dicho año de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. En esta norma se describen los requisitos necesarios para poder optar a cada ayuda y la información mínima que debe contener la solicitud única.

 TIPOS DE AYUDAS

Las ayudas que se pueden solicitar en 2022 son las siguientes:

1.      Regímenes de ayuda desacoplados.

-         Pago básico a los agricultores ("régimen de pago básico").

-         Pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (“pago verde”).

-         Pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola. 

-         Pago del régimen para los pequeños agricultores.

 

2.      Regímenes específicos de ayudas por superficie:

-         Pago específico al cultivo del algodón.

 

3.       Regímenes de ayuda asociada voluntaria, en aplicación del artículo 52 del Reglamento (UE) 1307/2013.

-         Ayuda asociada al cultivo del arroz.

-         Ayuda asociada a los cultivos proteicos.

-         Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas.

-         Ayuda asociada a las legumbres de calidad.

-         Ayuda asociada a la remolacha azucarera.

-         Ayuda asociada al tomate para industria.

-         Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.

-         Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.

-         Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.

-         Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.

-         Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.

-         Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación d derechos de pago básico.

-         Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

-         Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

 

Respecto al régimen del pago básico, como en campañas anteriores, los agricultores pueden conocer el valor de sus derechos de pago básico para la campaña 2022 a través de la consulta pública creada a tal efecto en la web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA):  (https://www.fega.es/es/ayudas-directas-y-desarrollo-rural/consulta-derechos-pago-basico)

 SOLICITUDES DE PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL, RESERVA NACIONAL Y CESIONES DE DERECHOS.

También el día 1 de febrero se abre el plazo de presentación de las solicitudes de pago de las medidas de los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas incluidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (básicamente ayudas por superficie y ayudas ganaderas). Igualmente se podrá realizar la comunicación de cesión de derechos de pago básico y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Pago Básico, que está orientada fundamentalmente hacia los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario.

 Para facilitar la cumplimentación de la solicitud única y teniendo en cuenta que todos los solicitantes deben presentar la denominada “declaración gráfica” de todas las parcelas agrícolas de la explotación,  de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso a éste a través de su página web (www.mapa.gob.es), y de la del FEGA (www.fega.gob.es), así como de las correspondientes comunidades autónomas.

 En la página web del FEGA pueden también consultarse una serie de notas técnicas sobre los diferentes regímenes de ayuda incluidos en la solicitud única, en las que se incluyen todas las novedades de la campaña 2022. Al ser el segundo año del periodo transitorio de la PAC 2021-2022, las condiciones para el cobro de las ayudas son en su práctica totalidad semejantes a las de los años previos. 

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