Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Marco Nacional

El reglamento nº1305/2013 de ayuda al desarrollo rural para el periodo 2014-2020 mantiene la posibilidad de que los Estados Miembros con programas regionales, como es el caso de España, presenten un marco nacional con elementos comunes para esos programas. Además, el marco nacional podrá contener un cuadro resumen de la contribución FEADER, por comunidad autónoma y año.

A nivel nacional, entre las decisiones adoptadas sobre la aplicación de la PAC en España, la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural de 24 y 25 de julio de 2013 acordó la elaboración de un marco nacional (MN) que recogiera los elementos comunes de los programas de desarrollo rural en España, y que según se ha decidido en el grupo de trabajo con las CCAA constituido para abordar este tema, se referirán a las siguientes medidas:

  1. Servicios de asesoramiento, gestión y sustitución de explotaciones agrarias;
  2. Agroambiente y clima;
  3. Agricultura ecológica,
  4. Zonas con limitaciones naturales y otras limitaciones específicas;
  5. Medidas forestales;
  6. Inversiones de mejora de las explotaciones agrarias,
  7. Infraestructuras públicas de regadío
  8. Transformación y comercialización de productos agrarios;
  9. Instalación de jóvenes agricultores;
  10. Innovación;
  11. Estrategia LEADER

Además de lo anterior, el marco también incluye los siguientes aspectos:

·         Cuadro financiero resumen de la contribución anualizada del FEADER a los programas de desarrollo rural en España.

·         Mecanismo de transferencia de fondos entre programas, para aplicar en el caso de que exista riesgo de descompromiso.

·         Condiciones comunes a varias medidas, entre otras: la línea de base, exclusión de la doble financiación, agricultor activo, operaciones que afecten a dos o más CCAA, etc.

·         Delimitación entre las medidas del programa nacional y los programas de las comunidades autónomas.

·         Instrumento financiero plurirregional de adhesión voluntaria.


Por otro lado, para la aplicación eficaz del segundo pilar de la PAC, se contará con un organismo de coordinación de las autoridades de gestión, de manera que sea posible coordinar de manera más eficaz las actuaciones de las administraciones que intervienen en la elaboración y en la ejecución de los programas de desarrollo rural, asegurando su coherencia y la interlocución con las autoridades comunitarias.

Calendario:

  • El grupo de trabajo sobre el MN se ha reunido en 8 ocasiones: 2 de octubre y 19 de noviembre de 2013, y 18 de febrero, 12 de marzo, 18 de marzo, 26 de marzo y 22 de abril del 2014.
  • El último borrador se   remitió a las CCAA el 30 de abril.
  • El proceso de participación pública se inició el 6 de mayo con la publicación del borrador del MN en la página web del MAGRAMA y se realizado la consulta a través de la Red Rural nacional con plazo de presentación de observaciones hasta el 26 de mayo.

El Marco Nacional de presentó oficialmente a la Comisión Europea el 4 de julio de 2014. Fue adoptado por la Comisión el día 13 de febrero de 2015. Decisión

Puede acceder al Marco Nacional de Desarrollo Rural (texto del Marco Nacional y anexos)  pinchando aquí:

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