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El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, establece en su artículo 119 que los Estados miembros podrán presentar, una vez por año natural, a la Comisión solicitudes de modificación de los Planes estratégicos.
Adicionalmente, de acuerdo con lo recogido en el artículo 119.7 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, se podrán presentar hasta un máximo de tres solicitudes de modificación del Plan Estratégico de carácter extraordinario durante su periodo de vigencia.
El Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la PAC en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader, establece las disposiciones necesarias para la coordinación de las solicitudes de modificación, así como los organismos involucrados.
Las propuestas de modificación del Plan Estratégico deberán estar debidamente justificadas y exponer el impacto previsto en la consecución de los objetivos del Plan. Asimismo, tendrán especialmente en cuenta las indicaciones de la Comisión Europea, los resultados del procedimiento de liquidación del rendimiento y del examen bienal del rendimiento correspondientes a ejercicios anteriores, así como las conclusiones de las actividades de seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Estratégico, y en particular la necesidad de introducir medidas correctoras en las intervenciones como consecuencia de las desviaciones observadas entre la contribución efectiva al valor de los hitos o las metas y la inicialmente prevista.
El Comité de seguimiento, como órgano encargado del seguimiento de la ejecución del Plan estratégico de la PAC, deberá emitir su dictamen preceptivo sobre las propuestas de modificación, que deberá acompañar a la solicitud a presentar a la Comisión europea.
A continuación, se detallan las propuestas de modificación presentadas, así como las sucesivas versiones del Plan estratégico derivadas de las mismas.
El 31 de julio de 2023 se presentó la primera propuesta de modificación del Plan estratégico de la PAC 2023-2027.
La propuesta corresponde a ajustes menores detectados a la hora de ejecutar la estrategia de intervención prevista en el Plan estratégico de la PAC, teniendo por tanto el objeto de facilitar su aplicación.
Esta propuesta, que cumple con todos los pasos establecidos para su presentación tanto en el Real Decreto 1046/2022 como en el Reglamento (UE) 2021/2115.
Con fecha de 30 de agosto de 2023, la Comisión informó a España de la Decisión de Ejecución de la Comisión, por la que se aprueba la modificación del plan estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.
En los siguientes enlaces podrá consultar esta decisión, sus anexos correspondientes y la versión 2.1 del Plan estratégico de la PAC.
Se conservan para consulta las versiones anteriores del Plan estratégico de la PAC.
Versión 1.2 del Plan estratégico – Vigente entre 01/01/2023 y 31/08/2023