Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Psitacosis

En esta página

Introducción

La clamidiosis aviar es una enfermedad bacteriana de distribución global, que afecta a una gran variedad de especies de aves domésticas y silvestres (se han identificado más de 400 especies susceptibles). Cuando aparecen brotes de psitacosis en explotaciones avícolas, tienen importancia a nivel productivo por el descenso en la puesta de huevos o la pérdida de peso de los individuos afectados, aunque su impacto radica principalmente en que es una zoonosis ocupacional, que afecta especialmente a personas que trabajan en contacto con aves que pueden infectarse potencialmente. La enfermedad zoonósica se denomina como psitacosis, cuando la infección proviene de las psitácidas, u ornitosis, cuando se origina desde otro tipo de aves. Son más sensibles las psitácidas (loros, pericos, periquitos, etc.) y columbiformes (palomas).

Ficha de la enfermedad

Agente causal: Chlamydia psittaci

Hospedadores: psitácidas y columbiformes. 

Periodo de incubación y transmisión: La clamidiosis puede transmitirse a través de la vía respiratoria, por inhalación de aerosoles (eliminados a través de secreciones orales o polvo procedente de material fecal excretado por un ave infectada), o la ingestión de material contaminado, como carne procedente de animales infectados. C. psittaci también puede ser transmitida por vectores, como pulgas, piojos o moscas. El periodo de incubación de C. psittaci en aves dura entre 3 días y varias semanas (normalmente entre 4 y 15 días). Tras la infección, la enfermedad puede aparecer en forma aguda o crónica. Los signos clínicos son generalmente inespecíficos, como anorexia, letargia o descarga óculo-nasal mucopurulenta, hepatomegalia o pérdida de peso.

Laboratorio Nacional de Referencia: Laboratorio Central de Veterinaria de Algete

Marco reglamentario

UE

  • Directiva 2003/99/CE sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonósicos y por la que se modifica la Decisión 90/ 424/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 92/117/CEE del Consejo: la cual, establece una clasificación de las zoonosis en relación con las medidas de vigilancia que se le deben de aplicar, de manera que la rabia es una zoonosis que debe someterse a vigilancia epidemiológica en función de la situación epidemiológica.
  • El Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal»).
  • El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista, establece la psitacosis como enfermedad de categoría D+E para las psitácidas.
  • El Reglamento Delegado (UE) 2020/689 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad con respecto a determinadas enfermedades de la lista y enfermedades emergentes.
  • El Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de animales terrestres y de huevos para incubar, establece los requisitos para la clamidiosis aviar en los desplazamientos de las psitácidas.

España

  • RD 1940/2004 sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonósicos (transposición de la directiva 2003/99)
  • Real Decreto 779/2023 por el que se establece la lista de las enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación.
  • Las medidas de control a aplicar tienen su base legal en la Ley 8/2003, de sanidad animal.

Situación de la enfermedad

La psitacosis es una enfermedad distribuida a nivel mundial, produciendo focos recurrentes en España.

Actuaciones:

El programa de vigilancia y control de la psitacosis en España, en aplicación del Reglamento 689/2020 y la Directiva 99/2003, establece la vigilancia pasiva en caso de sospechas clínicas y activa ante notificaciones de casos humanos, propone actuaciones de control en estas especies y un protocolo de actuación ante la aparición de brotes zoonósicos. 

Declaración obligatoria

La psitacosis es una enfermedad de declaración obligatoria. Incluida en la lista de EDO de la OMSA.

Incluida en el Real Decreto 779/2023 relativo a las EDO en España, (ver infografía).

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.