La red de laboratorios de control oficial se estructura en tres niveles: laboratorios oficiales, laboratorios nacionales de referencia, y laboratorios de referencia de la Unión Europea. El Reglamento (UE) 2017/625 establece las funciones de cada uno de ellos y los requisitos mínimos de funcionamiento que tienen que cumplir.
Los laboratorios de referencia se encargan de la coordinación técnica de la red de laboratorios en aquellos ámbitos de importancia desde un punto de vista sanitario o económico. Así, los laboratorios de referencia de la UE coordinan a los laboratorios nacionales de los Estados Miembros de la UE, y estos a su vez a los laboratorios oficiales. Se consigue, de esta forma, que los métodos de diagnóstico y análisis utilizados sean conformes al desarrollo científico-técnico, sean fiables y estén armonizados para que los resultados sean homologables.
Los laboratorios de referencia que trabajan en el ámbito de la sanidad de la producción agraria desarrollan su actividad en coordinación con los laboratorios que realizan el control sanitario de la producción primaria de alimentos de origen animal y vegetal, con el objetivo de poner a disposición de las autoridades competentes de las distintas administraciones, los métodos de diagnóstico y análisis que permitan la identificación rápida de zoonosis, enfermedades y patógenos de los animales, plagas y organismos nocivos vegetales y forestales.
Estos laboratorios desarrollan, además, otras actividades de referencia en distintos ámbitos, como la genética animal; la selección de ovejas y cabras resistentes a la tembladera, la detección de Organismos Modificados Genéticamente (OMG) en semillas, la investigación de residuos de sustancias farmacológicamente activas en animales vivos, productos de origen animal y piensos y, por último, la investigación de contaminantes orgánicos halogenados persistentes en piensos y sus materias primas.
Puede consultarse una lista actualizada en el siguiente enlace.