Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Proyecto de Real Decreto por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en España de la normativa de la UE en materia de piensos medicamentosos, y se modifica el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos, reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre y el Real Decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el Registro General de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión Nacional de Coordinación en materia de alimentación animal.

Fecha
Inicio: 28/05/2020
Fin: 17/06/2020


De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la audiencia pública del proyecto de Real Decreto por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en España de la normativa de la UE en materia de piensos medicamentosos, y se modifica el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos, reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre y el Real Decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el Registro General de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión Nacional de Coordinación en materia de alimentación animal, para que se formulen las alegaciones correspondientes.


Las alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al respecto que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sgmpg@mapa.es


El plazo para el envío de las observaciones al texto comienza el 28 de mayo y finaliza el 17 de junio del 2020, ambos inclusive. 

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