Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Premio "Alimentos de España Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2024"

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en su labor de poner en valor y dar a conocer las bebidas espirituosas españolas con el sello de calidad diferenciada, Indicación Geográfica (IG), de mayor calidad y mejores características organolépticas promover y estimular a los diferentes elementos de la cadena alimentaria, reconocer el esfuerzo comercializador, innovador, de desarrollo rural y sostenibilidad, y la elaboración de productos de calidad  ha convocado el Premio "Alimentos de España Mejor Bebida espirituosa con Indicación Geográfica, año 2024".

PARTICIPANTES y BEBIDAS ESPIRITUOSAS ADMITIDAS A CONCURSO

Podrán participar en este premio las empresas autorizadas para la elaboración de bebidas espirituosas que tengan su sede situada dentro del territorio nacional.

Las bebidas espirituosas participantes serán de elaboración propia del concursante, y deberán pertenecer a alguna de las Indicaciones Geográficas (IG) españolas reconocidas por la Unión Europea. Los elaboradores podrán concursar con varias muestras, pudiendo presentarse una única muestra por cada IG.

FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán por vía electrónica mediante certificado electrónico válido y compatible con la sede electrónica asociada del Departamento (https://sede.mapa.gob.es) cumplimentando la información requerida en la misma, que incluye una memoria en la que se describa la actividad de la empresa elaboradora de la bebida espirituosa que opta al premio, en el caso de tratarse de personas jurídicas. 

Las personas físicas podrán optar por presentar la solicitud, (anexo I), la declaración responsable (anexo II) y la memoria, de forma electrónica o presencialmente en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, situado en el Paseo de la Infanta Isabel nº1, Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” hasta el 26 de abril de 2024, inclusive.

ENTREGA DE LAS MUESTRAS

Se podrán remitir varias muestras, pudiendo presentarse una única muestra por cada indicación Geográfica. Cada muestra estará compuesta por un mínimo de dos botellas de al menos 500ml.

Las muestras estarán desprovistas de su etiquetado, marca comercial, o cualquier otro elemento que pueda identificarlas, de forma que pueda asegurarse su anonimato. 

Es necesario hacer constar en el exterior del envío de muestras, con caracteres legibles y destacados la siguiente leyenda: Premio "Alimentos de España Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2024". 

La muestra o muestras se embalarán en un único paquete identificado con el nombre de la empresa elaboradora y el número de muestras total. En caso de ser varias deberán ir perfectamente identificadas de manera independiente. Cada muestra irá acompañada de un sobre cerrado en el que se incluirá una copia del formulario de solicitud debidamente cumplimentado y la etiqueta comercial que identifique la bebida espirituosa objeto de concurso.

Las muestras se remitirán, a portes pagados, a la sede de la Federación Española de Espirituosos en C/ Velázquez, 64-66 3ª Planta. 28001 Madrid.

Las fechas de entrega de las muestras serán los días 9, 10, 13, 14 y 16 de mayo de 2024, en horario de 9 a 14h.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación no se responsabiliza del deterioro que puedan sufrir las muestras presentadas al concurso durante el transporte.

SELECCIÓN

Se constituirá un jurado que estará compuesto por expertos de reconocido prestigio y personas relevantes de manera que se garantice la idoneidad, competencia e independencia de este. 

La selección incluirá una valoración sensorial y una evaluación de la documentación presentada con información relativa a la actividad de la empresa elaboradora. 

Para la valoración sensorial de las características organolépticas se formará un panel de cata, integrado por al menos 5 expertos catadores, que estará dirigido por un jefe de panel que fijará los criterios comunes y específicos. 

La valoración sensorial se llevará a cabo de acuerdo con la ficha de cata que figuran en el anexo IV de la orden de convocatoria y se desarrollará en dos etapas: una primera en la que cada muestra será evaluada por el panel para seleccionar las 5 muestras mejor puntuadas. Estas, si superan la calificación de 42 puntos, pasarán a la etapa final y volverán a ser evaluadas por el conjunto de catadores. 

La evaluación de otros aspectos como el esfuerzo comercializador e innovador de la empresa elaboradora, el valor añadido sobre la agricultura local, el medio rural y sus habitantes, la sostenibilidad, así como su contribución a la imagen de los alimentos de España, se realizarán de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el Anexo V de la orden convocatoria.

El resultado final será la suma de ambas puntuaciones, teniendo en cuenta que la obtenida en la valoración sensorial supondrá el 60% de la puntuación total y la otorgada por el jurado el 40% restante. 

Resultará ganadora la bebida espirituosa que haya obtenido la mayor puntuación total.

RESOLUCIÓN

La resolución se dictará en el plazo de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria del premio en el Boletín Oficial de Estado.

PREMIO

Consistirá en un distintivo de excelencia y/o un diploma acreditativo. En ningún caso los galardonados recibirán aportación económica.

Se podrá incorporar el logotipo de los premios facilitado por el Ministerio, previa solicitud del interesado, en el que se haga referencia de forma destacada a la categoría y modalidad de premio en la que fueron galardonados y edición y órgano convocante de éste.

ENTREGA DE PREMIOS

Los  entrega de premios se efectuará en un acto público convocado al efecto por el Departamento, al que se dotará de la trascendencia y solemnidad adecuadas.

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