Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Detalle de Noticia

Logo Nota de prensa

31 de mayo del 2023

Mediante resolución publicada en la página web del FEGA

Galería multimedia

Los 3.785 agricultores que van a percibir este pago figuraban en la resolución de concesión de la ayuda del 15 de febrero, pero tenían que ponerse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

En total, hasta la fecha de hoy se han concedido cerca de 286 millones de euros a 238.076 agricultores de esta línea de apoyo aprobada por el Gobierno para hacer frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado un segundo listado de 3.785 titulares de explotaciones agrícolas que van a recibir ayudas para compensar la subida del precio de los fertilizantes, por un importe de 5.117.506 euros. Este nuevo pago se suma al grueso del realizado en el mes de abril por 280,8 millones de euros. De esta forma, la cantidad abonada por esta ayuda es de 285,9 millones de euros, repartida entre 238.076 agricultores.

 

Estos apoyos fueron aprobados por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

 

La relación de los titulares de explotaciones agrícolas a los que se les concede las ayudas, junto con el número de hectáreas de secano y de regadío computadas y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).   Se trata de titulares a los que no se les pudo abonar la ayuda mediante la resolución publicada el pasado 31 de marzo, por no encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que han subsanado la situación en el plazo de un mes concedido a tal efecto. Las ayudas se ingresarán en las cuentas bancarias de los agricultores la próxima semana.

 

La resolución publicada en el día de hoy recoge también aquellos titulares a los que se les ha denegado la ayuda por no haberse puesto al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el plazo concedido de subsanación. Los productores afectados podrán presentar, si así lo consideran, un recurso de alzada contra la resolución en el plazo de un mes.

 

Las alegaciones presentadas en febrero por los titulares de explotación relacionadas con aspectos de la campaña de la Política Agraria Común (PAC) 2022, han sido remitidas a las comunidades autónomas para su análisis. Los titulares cuyas alegaciones se resuelvan favorablemente podrán percibir las ayudas una vez que se haya comprobado que cumplen todas las condiciones exigidas, y en particular, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Las comunidades autónomas comunicarán también de oficio en el mes de junio al FEGA aquellos beneficiarios que cumplen los requisitos para percibir las ayudas a los fertilizantes, pero que no habían podido ser incluidos en la resolución del 15 de febrero por haber percibido los pagos de las ayudas directas de la PAC correspondientes a la solicitud única de la campaña 2022 con posterioridad al mes de febrero.   Dichos beneficiarios serán recogidos en una nueva resolución complementaria de titulares de explotaciones agrícolas.

 

Se puede consultar más información en la página web del FEGA, en el siguiente enlace: https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores-agrarios/ayudas-fertilizantes  

 

Documentos

Logo Pie Nota de prensa

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.