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En la actualidad la problemática existente en relación con la resistencia a los antibióticos a nivel mundial, ha determinado que los principales organismos internacionales encargados de la salud pública y la sanidad animal hayan puesto en marcha, medidas para promover el uso responsable y prudente de los antibióticos, tanto en medicina humana, como en medicina veterinaria.
El Plan Nacional de Resistencia a Antibióticos establece 6 líneas estratégicas que abarcan diferentes aspectos de relevancia para cumplir su objetivo y que son, la vigilancia del consumo de antibióticos, el control de las resistencias antibacterianas, las medidas de prevención, el fomento de la investigación, la formación e información de los profesionales sanitarios y la comunicación y sensibilización de la población.
Dentro de la Línea estratégica I de Vigilancia del consumo de antibióticos, se encuadra la Medida I.1 para la Monitorización del consumo de antibióticos en Salud Animal en la que se llevan a cabo una serie de acciones entre las que se encuentra el desarrollo de sistemas informáticos de control de los tratamientos de antibióticos ligados a la explotación ganadera.
El Sistema Informático Central de Control de Prescripciones Veterinarias de Antibióticos, en adelante, PRESVET, es una herramienta eficaz en la monitorización y vigilancia de las prescripciones que se realizan de antibióticos en las explotaciones ganaderas para poder adoptar las medidas que se precisen para su control. PRESVET centraliza la información de las prescripciones veterinarias de antibióticos incluyendo parte de la información que compone la receta veterinaria, y que es fundamental para cumplir el objetivo de vigilar y controlar el uso de los antibióticos en los animales productores de alimentos.
NOTA. El sistema no contempla las prescripciones veterinarias que se realicen en animales de compañía, ni los datos de prescripciones de otros medicamentos veterinarios. De igual forma, aunque PRESVET centraliza la información de las prescripciones veterinarias de antibióticos hay que tener en cuenta que no incluye en sus funcionalidades la gestión electrónica de la receta veterinaria.
Los titulares REGA que se registren en PRESVET, podrán consultar los informes trimestrales de consumo de antibióticos de las explotaciones ganaderas que tengan prescripciones de antibióticos comunicadas a la base de datos.
El objetivo del módulo es facilitar el autocontrol del consumo de antibióticos en las explotaciones ganaderas en el contexto de la lucha contra las resistencias antimicrobianas.
La información recogida en los informes mostrará el consumo habitual de antibióticos de cada explotación ganadera y permitirá compararlo con el consumo a nivel nacional de su misma especie y clasificación zootécnica. De esta forma, los ganaderos podrán evaluar directamente el consumo en sus explotaciones y tomar medidas en caso de que su consumo habitual esté por encima de la media de consumo a nivel nacional.
Además, dentro de las funcionalidades del módulo, se podrá autorizar a uno o varios veterinarios, registrados previamente en PRESVET, a la visualización de los informes de sus explotaciones. De esta forma se facilita el trabajo de asesoramiento por parte de los veterinarios en materia de resistencias antimicrobianas y de proponer medidas alternativas al uso de antibióticos en las explotaciones encaminadas a combatirlas.
Legislación nacional
El Real decreto 191/2018, por el que se establece la transmisión electrónica de datos de las prescripciones veterinarias de antibióticos destinados a animales productores de alimentos para consumo humano, y se modifican diversos reales decretos en materia de ganadería, establece la obligatoriedad de comunicar, con periodicidad mensual, los datos de las prescripciones de antimicrobianos, en forma de piensos medicamentosos u otras formas farmacéuticas, en animales productores de alimentos.
Notificación de prescripciones de antibióticos en CCAA que no haya establecido reglamentariamente una base de datos propia para la notificación de prescripciones.
Para dar cumplimiento a la normativa todos los veterinarios en ejercicio clínico que prescriban antibióticos, o piensos medicamentosos formulados en base a premezclas medicamentosas que sean antibióticos, en explotaciones que no estén ubicadas en CCAA con un sistema centralizado de notificación, deberán comunicar a la base de datos de PRESVET los datos mínimos que figuran en el anexo I del Real Decreto 191/2018.
Estos datos serán igualmente de obligada comunicación en el caso de antibióticos que se prescriban para su aplicación o administración directamente por el veterinario, o bajo su responsabilidad con destino a los animales bajo su cuidado, de acuerdo con el artículo 93 del Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios.
Esta comunicación debe realizarse, al menos, una vez al mes, sea la prescripción ordinaria o excepcional. En cada comunicación realizada a la base de datos, el veterinario prescriptor procederá a asignar a cada receta su número de colegiado siguiendo el formato definido en el Real Decreto 191/2018.
La estructura del número de colegiado será:
a) Número de colegiación que le otorgue el colegio de veterinarios en el que esté colegiado, completando si fuera preciso con ceros a la izquierda a las posiciones que queden vacías hasta alcanzar cinco cifras.
b) Los dos dígitos iniciales de identificación de las provincias del Instituto Nacional de Estadística, para identificar la provincia de colegiación, que irán al principio del número.
Existen varias vías para dicha comunicación, bien a través de una aplicación de recetas con volcado por servicio Web , volcado por REST-Api, por carga manual o través del volcado masivo de archivos usando un archivo Excel.
En la Guía de acceso de usuario se puede encontrar toda la información disponible para formalizar el alta de usuarios.