Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Detalle de Noticia

Logo Nota de prensa

19 de abril del 2024

Hoy, en BOE

Galería multimedia

La orden establece, además, reducciones específicas del 80 % para la castaña; del 50 % en cereales, leguminosas, olivar y apicultura, y del 30 % para uva de vinificación y sectores ganaderos en régimen extensivo

El conjunto de las reducciones contempladas supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.750 millones de euros

Se mantiene la minoración en el rendimiento neto del 35 % por la adquisición de gasóleo agrícola y del 15 % por la compra de fertilizantes

También continúan las reducciones para los agricultores que hayan utilizado electricidad para el riego y para los ganaderos por el uso de piensos adquiridos a terceros

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen los índices de Rendimiento Neto y la reducción general aplicables en 2023 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.

 

Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices y tiene en cuenta la incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2023.

 

Con la publicación de esta orden, el Gobierno continúa dando cumplimiento a las medidas acordadas para dar apoyo a los agricultores y ganaderos, al establecer una reducción generalizada del 15 % en el rendimiento neto, a la que se añade la minoración de entre el 30 % y el 80 % en los sectores más afectados por las adversidades climáticas, y el mantenimiento de las minoraciones por la compra de gasóleo agrícola (35 %) y fertilizantes (15%). 

 

La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 15 % a la que podrán acogerse los aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderosque tributan por el sistema de módulos. Determinados sectores se benefician además de reducciones específicas, que son del 80 % en el caso de la castaña, 50 % para los cereales, leguminosas, olivar y la apicultura, y del 30 % para uva de vinificación y sectores ganaderos en régimen extensivo.

 

Se estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la orden publicada hoy supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.750 millones de euros.

 

La orden permite que este año también los declarantes en estimación objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35 % por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15 % por compra de fertilizantes.

 

Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos de regadío que utilicen energía eléctrica. Concretamente se establece en un 0,5 el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50 % del importe de los productos alimenticios consumidos, y se aplica tanto a los sectores ganaderos intensivos como a extensivos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75.

 

Las reducciones de los índices de rendimiento neto establecidas con carácter nacional para la declaración de la renta 2023 son las siguientes:

 

Sectores agrícolas:

 

- Cereales y leguminosas de 0,26 a 0,13

- Productos del olivo de 0,26 a 0,13

- Uva para vino con D.O. de 0,32 a 0,22

- Uva para vino sin D.O. de 0,26 a 0,18

- Castaña de 0,26 a 0,05

Sectores ganaderos:

 

- Bovino de carne extensivo de 0,13 a 0,09

- Bovino de cría extensivo de 0,26 a 0,18

- Ovino y caprino de carne extensivo de 0,13 a 0,09

- Porcino de carne extensivo de 0,13 a 0,09

- Porcino de cría extensivo de 0,26 a 0,18

- Apicultura de 0,26 a 0,13

 

Además, se han efectuado un elevado número de reducciones a nivel autonómico, provincial o municipal en otras producciones, entre las que destacan las aprobadas para los frutales no cítricos en importantes áreas productoras.

 

La orden está disponible para su consulta en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2024/04/19/pdfs/BOE-A-2024-7804.pdf

Documentos

Logo Pie Nota de prensa

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.