Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Detalle de Noticia

Logo Nota de prensa

09 de marzo del 2021

CONSEJO DE MINISTROS

Galería multimedia

Las ayudas cubrirán hasta el 30% del coste del proyecto y las actuaciones elegibles tendrán que lograr una reducción del consumo de energía final del 10%

Este programa favorecerá el ahorro energético, mejorando el rendimiento y reduciendo el consumo de energía en el sector agropecuario

La gestión de las ayudas se llevará a cabo por parte de las comunidades autónomas

El programa se suma a otras actuaciones impulsadas por el Gobierno que contribuirán al ahorro de costes energéticos en el sector, como la nueva metodología de cargos que, junto a los nuevos peajes establecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, fomentarán las medidas de ahorro y eficiencia

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), ha aprobado el Real Decreto que regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.

 

Este programa, que cuenta con una dotación de 30 millones de euros, favorecerá el ahorro energético y, con ello, la mejora de la competitividad del sector, así como la utilización de las energías renovables y la reducción de las emisiones de CO2, contribuyendo al cumplimiento del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 que prevé la necesidad de medidas de apoyo al ahorro energético, instalación de renovables y reducción de emisiones en el sector primario. Las ayudas cubrirán hasta el 30% del coste necesario para la ejecución del proyecto.

Las inversiones que se apoyan contribuirán a la generación de empleo y la actividad económica, claves en un contexto de recuperación tras la crisis provocada por la COVID-19.

 

Esta línea de ayudas se financiará con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética y será coordinada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

 

Tras la publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, cada comunidad autónoma deberá aprobar y publicar su convocatoria de ayudas y designar al órgano competente para instruir y resolver su proceso de concesión. El programa estará en vigor desde el día siguiente a su publicación hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

Las subvenciones se concederán de manera directa por orden de entrada a las convocatorias que establezcan las comunidades autónomas.

 

El programa se suma a otras actuaciones impulsadas por el Gobierno que contribuirán al ahorro de costes energéticos en el sector, como la nueva metodología de cargos que, junto a los nuevos peajes establecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, fomentarán las medidas de ahorro y eficiencia

 

ACTUACIONES CENTRADAS EN EL AHORRO DE ENERGÍA

Entre las actuaciones subvencionables destacan aquellas centradas en la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío como:

·        La sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente

·        La implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos o la sustitución por equipos más eficientes energéticamente en bombeos

·        La implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego que contribuyan de forma directa al ahorro de energía

·        La instalación o sustitución de baterías de condensadores para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones eléctricas de las estaciones de bombeo.

 

No serán elegibles aquellas actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable.

 

También serán elegibles aquellas actuaciones que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética y a la utilización de energías renovables térmicas en explotaciones agrarias como:

·        Actuaciones sobre la envolvente térmica que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios, incluyendo soluciones bioclimáticas

·        Actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria como las destinadas a los procesos de pasteurización y conservación de productos perecederos, a la climatización de naves de ganado e invernaderos, refrigeración en procesos de fermentación del vino, etc.

·        Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas, incluyendo el aprovechamiento de calores residuales y nuevas redes de calor

·        Sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, energía geotérmica, energía ambiente (aerotermia o hidrotermia), bombas de calor o una combinación de ellas). No se considerará elegible la sustitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil

·        Reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior

·        Renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios propios de estas actividades

 

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD

Para que un proyecto sea subvencionable deberá:

·        Conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida

 

·        Justificar el ahorro de energía final mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, y según la Recomendación (UE) 2019/1658 de la Comisión de 25 de septiembre de 2019

 

DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS

Los destinatarios de esta línea de subvenciones serán aquellas personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, que sean titulares de una explotación agropecuaria; las Comunidades de Regantes y otras organizaciones dirigidas a la gestión de agua para el riego agropecuario o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fines agropecuarios; los titulares de explotaciones agropecuarias de regadío que utilicen redes de riego que necesiten consumo de energía eléctrica; cualquier organización de productores agropecuarios reconocida, las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según queda recogido en la Directiva 2018/2001 sobre fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables; así como las empresas de servicios energéticos.

 

El reparto presupuestario por comunidades autónomas se corresponde con la distribución de explotaciones agrarias y regadíos en los distintos territorios. Para la distribución territorial del crédito se han utilizado los siguientes informes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con los que se ha determinado la distribución presupuestaria: Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) de 2020 para explotaciones agrícolas, del Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN) de 2020 para las ganaderas, así como los datos de superficie de regadío de la Encuesta sobre Superficies y Rendimientos de Cultivos (ESYRCE) de 2019. En todo caso, constituye un reparto inicial que podrá ser ampliado en aquellos casos en que se agote el presupuesto inicial en alguna Comunidad, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. El reparto inicial se indica a continuación:

CCAA REPARTO PRESUPUESTO (€) % reparto
   
Andalucía 8.511.895,3 28,37%  
Aragón 2.199.763,1 7,33%  
Asturias 91.422,1 0,30%  
Baleares 325.746,1 1,09%  
Canarias 699.806,5 2,33%  
Cantabria 48.935,7 0,16%  
Castilla La Mancha 4.167.573,0 13,89%  
Castilla y León 3.198.764,1 10,66%  
Cataluña 2.055.743,3 6,85%  
Extremadura 2.157.321,7 7,19%  
Galicia 1.769.887,2 5,90%  
La Rioja 445.247,5 1,48%  
Madrid 210.630,2 0,70%  
Murcia 870.692,5 2,90%  
Navarra 569.761,3 1,90%  
País Vasco 148.970,8 0,50%  
Valencia 2.527.839,6 8,43%  
TOTAL 30.000.000 100 %  

Documentos

Logo Pie Nota de prensa

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.