Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Detalle de Noticia

Logo Nota de prensa

18 de julio del 2023

Hoy, en Consejo de Ministros

Galería multimedia

El nuevo real decreto regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios

Con esta regulación, el Gobierno completa el marco normativo en materia de medicamentos veterinarios, junto con los reales decretos de uso sostenible de antibióticos y el que regula la figura del veterinario de explotación

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Sanidad, un real decreto que regula la prescripción, distribución y dispensación de medicamentos veterinarios y cuyo objetivo es favorecer un uso prudente y responsable de éstos. Con este real decreto, el Gobierno completa el marco normativo sobre medicamentos veterinarios, junto a los ya aprobados sobre uso sostenible de antibióticos y regulación de la figura del veterinario de explotación.

 

El real decreto establece las obligaciones de la distribución mayorista, la venta minorista y por internet de medicamentos no sujetos a prescripción, las condiciones para la realización de prescripciones veterinarias, así como la transmisión electrónica a la autoridad competente de los datos de las recetas de antibióticos y las restricciones de uso de antimicrobianos. Además, establece las obligaciones en el uso de medicamentos en las explotaciones ganaderas y la gestión de los residuos de éstos.  

 

Se trata, por tanto, de la aprobación de una normativa básica, de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional, que incluye en su ámbito tanto los medicamentos producidos de manera industrial como los de fabricación extemporánea.

 

Del mismo modo que el nuevo marco legislativo europeo, el nuevo real decreto aboga por adaptar el marco regulador de los medicamentos veterinarios a los avances científicos, las condiciones actuales del mercado y la realidad económica, mientras se asegura un elevado nivel de protección de la sanidad y bienestar animal y del medio ambiente y se salvaguarda la salud pública. La nueva normativa nacional pretende con esos mismos objetivos incorporar nuevos requisitos en los que el reglamento comunitario deja margen de acción a los Estados miembros, así como adaptar la normativa nacional a las necesidades actuales, por lo que se derogan otras tres normas del mismo rango que han quedado obsoletas.

 

En la elaboración de la norma se han tenido en consideración los intereses de las pequeñas y medianas empresas, como son muchas de las entidades de distribución y dispensación autorizadas en España, dedicadas a la gestión de recetas electrónicas, así como los intereses de los profesionales veterinarios y las explotaciones ganaderas. Todo ello sin perder de vista nunca el objetivo fundamental de garantizar un uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios.

 

La norma regula tanto las condiciones de prescripción como los requisitos que deben cumplir los profesionales veterinarios en el ejercicio de sus funciones. Entre las novedades más destacadas se establecen las condiciones de uso de los medicamentos antimicrobianos en función del riesgo que supone para la salud pública su uso en animales, así como los requisitos para la realización de tratamientos metafilácticos con antimicrobianos.

 

En el ámbito de la distribución mayorista, se regula una nueva figura como son los almacenes por contrato. También se definen las sociedades que pueden considerarse entidades o agrupaciones ganaderas en la venta minorista y, por primera vez, se regulan los requisitos de las plataformas de emisión de recetas electrónicas.

 

Otra de las novedades que introduce la norma aprobada hoy es el establecimiento de las obligaciones de los titulares de las explotaciones ganaderas en relación con el uso prudente de medicamentos veterinarios y la gestión de los residuos de éstos. 

Documentos

Logo Pie Nota de prensa

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.