14 de diciembre del 2021
MEDIANTE REAL DECRETO APROBADO HOY EN EL CONSEJO DE MINISTROS
Galería multimediaLos datos disponibles indican una evolución positiva y exitosa de los recursos y la sostenibilidad de la pesquería, que sólo puede realizarse unos meses al año por la veda existente
El Gobierno ha aprobado hoy en Consejo de Ministros una modificación del Real Decreto 395/2006, de 31 de marzo, que establece medidas de ordenación de la flota pesquera que opera con artes fijos y artes menores en el Mediterráneo. Se trata del reconocimiento de excepciones para la pesquería de la langosta “Palinurus spp” con trasmallo en las islas Baleares, que se añaden a las que ya tienen reconocidas algunas pesquerías como las realizadas con artes de parada, las de túnidos a la cacea, con cañas y cebo vivo, o las de las nasas realizadas por buques con un porte mínimo. Esta excepción se justifica con los datos disponibles, que indican que se está realizando una gestión sostenible y exitosa de la misma, con una buena condición biológica de los recursos pesqueros que explota y una positiva evolución en los últimos años. Esta pesquería sólo puede realizarse durante unos meses al año, al tener una veda mínima, dependiendo de la especie, de 6 meses. Próximamente se actualizará la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 30 de mayo de 2001 por la que se regula la pesca de la langosta “Palinurus spp” en las aguas exteriores próximas a las Illes Balears.