Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Detalle de Noticia

Logo Nota de prensa

Su creación quedó establecida en la modificación de la Ley de Montes de 2015

11/10/2018
Se configura como el principal órgano de participación de la sociedad en la política forestal española
Contará con 46 miembros representantes de propietarios públicos y privados, gestores forestales, sindicatos, empresas, consumidores, administraciones, agentes forestales, investigadores, ambientalistas y organizaciones profesionales agrarias entre otros
Tiene carácter consultivo, debiendo informar y hacer el seguimiento de normas y planes forestales de ámbito nacional, impulsar informes y estudios sobre el sector forestal y valorar los impactos sociales, económicos y ambientales de éstos

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto por el que se determina la composición, funciones y normas de funcionamiento del Consejo Forestal Nacional, cuya creación quedó establecida en la modificación de la Ley de Montes de julio de 2015.

Con este Real Decreto el Consejo Forestal Nacional se configura como el principal órgano de participación de la sociedad en la política forestal española, siendo por tanto un instrumento fundamental para orientar y guiar la ejecución de las políticas en materia de montes y aprovechamientos forestales.

Los montes, y los bosques en particular, cumplen un papel fundamental en la sociedad actual y son muchos los actores que intervienen en su adecuada gestión para su conservación, su puesta en valor y el mantenimiento de los múltiples bienes y servicios que ofrecen. Están, por tanto, en el centro de atención de numerosas políticas ambientales pero también son claves para el desarrollo sostenible de un medio rural en crisis pero fundamental para impulsar una nueva economía basada en los recursos naturales renovables y mantener nuestros paisajes naturales y culturales.

Para impulsar estas políticas transversales y garantizar la participación de los múltiples agentes que intervienen en ellas se ha configurado un Consejo Forestal Nacional con 46 miembros representantes de propietarios públicos y privados, gestores forestales, sindicatos, empresas, consumidores, administraciones, agentes forestales, investigadores, ambientalistas, organizaciones profesionales agrarias, organizaciones interprofesionales de productos forestales, asociaciones de caza y pesca continental y colegios profesionales.

El Consejo Forestal Nacional estará presidido por el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación siendo los vicepresidentes los titulares de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal. Las labores de secretaría serán realizadas por la Subdirección General de Política Forestal.

COMETIDOS DEL CONSEJO FORESTAL NACIONAL

El Consejo, que podrá desarrollar sus normas de funcionamiento y constituir comisiones o grupos de trabajo para tratar temas específicos, tiene carácter consultivo, teniendo que informar y hacer el seguimiento de normas y planes forestales de ámbito nacional, impulsar informes y estudios sobre el sector forestal y valorar los impactos sociales, económicos y ambientales de éstos.

También tendrá que proponer a las Administraciones públicas medidas que estimen necesarias para mejorar la gestión sostenible del monte y la competitividad del sector, elaborando un informe anual sobre el sector forestal español que recoja la situación, evolución y perspectiva de éste.

Por último y debido a los numerosos foros internacionales donde se están debatiendo políticas relacionadas con los bosques, el Consejo asesorará técnica y científicamente a las delegaciones que por parte de España asistan a estas reuniones, aunando y consensuando los mensajes que son necesarios transmitir para potenciar y mejorar el estado de conservación de los bosques y el sector forestal asociado.

La aprobación de este Real Decreto demuestra el compromiso del Ministerio por el sector forestal, y la importancia que este sector tiene para el desarrollo rural y como base de la bioeconomía que este gobierno está decidido a impulsar. 

Documentos

Galería

Logo Pie Nota de prensa

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.