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PARA ADAPTAR LA NORMATIVA NACIONAL AL NUEVO MARCO COMUNITARIO

08/02/2019
Se contempla un nuevo régimen de reconocimiento de las asociaciones y de aprobación de sus programas de cría, la obligación del control oficial por parte de las autoridades competentes
También se establecen mecanismos para regular el marco de colaboración y trabajo entre las autoridades competentes y las asociaciones de criadores reconocidas en España
La nueva norma regula aquellas entidades y centros que van a desarrollar un gran papel de apoyo a las asociaciones de criadores para la aplicación y aval de los programas de cría

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto con el que se actualiza y adapta el Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de razas ganaderas al nuevo marco comunitario recogido en el Reglamento sobre cría animal, que entró en vigor el pasado mes de noviembre, y que incorpora toda la normativa zootécnica de la Unión Europea.

Un Reglamento de gran importancia en la regulación de los aspectos zootécnicos y genealógicos de la cría y comercio de animales de raza pura de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina, del porcino híbrido y de su material reproductivo, que aglutina lanormativa zootécnica, hasta ahora dispersa en un conjunto de Directivas y Decisiones comunitarias para las distintas especies ganaderas.

Entre los objetivos del nuevo marco zootécnico hay que destacar la promoción del libre comercio de animales reproductores y su material reproductivo dentro de la Unión Europea. En ese sentido, se establece un nuevo régimen de reconocimiento de las asociaciones y de aprobación de sus programas de cría, la obligación del control oficial por parte de las autoridades competentes; la posibilidad de extender el ámbito del programa de cría aprobado enun Estado Miembro a otros EEMM.

También se establecen los nuevos modelos de certificados zootécnicos y la posibilidad de designar Centros de Referencia de la UE.  Asimismo hay que destacar que está previsto un trato diferencial para razas ganaderas amenazadas.

Dado que la gestión de los programas de cría, el control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa no podrían conseguirse sin una estrecha colaboración entre las autoridades competentes y un compromiso por parte de las asociaciones de criadores reconocidas en España, se establecen mecanismos para regular este marco de colaboración y trabajo.

Además, en este Real Decreto, se regulan aquellas entidades y centros que van a desarrollar un gran papel de apoyo a las asociaciones de criadores para la aplicación y aval de los programas de cría, como son los laboratorios, los centros de genética, los centros de reproducción y bancos de germoplasma, así como la creación de la Red Española de Bancos de germoplasma.

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