Existen en la actualidad dos líneas que el MAPA pone a disposición dentro del ámbito de sus competencias para facilitar el acceso a la financiación, mediante la subvención del principal y otra mediante la subvención de avales otorgados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA).
El 4 de agosto se ha publicado en el BOE el Extracto de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se modifica la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan las subvenciones establecidas en el artículo 6 del real decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía. (Línea ICO-MAPA-SAECA). La ayuda consiste en la bonificación del 12% del principal de préstamos ICO con una cuantía máxima de 10.000 € para un mismo beneficiario. En el caso las explotaciones ganaderas, cooperativas agroalimentarias y operadores del sector pesquero y la acuicultura la bonificación ascenderá al 15%, también con una cuantía máxima por beneficiario de 15.000 €.
Los préstamos subvencionados podrán alcanzar los 100.000 € y un plazo de 15 años, de los que hasta 3, según el plazo, podrán ser de carencia. Para obtener la subvención el préstamo deberá contar con un aval de SAECA.
El presupuesto de esta medida se ha ampliado hasta los 60.000.000 de euros y el plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2024.
Con el ánimo de facilitar el acceso a la financiación se subvencionan los avales otorgados por la entidad pública Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA), mediante las bases establecidas en el Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias, de operadores económicos del sector pesquero o de industrias agroalimentarias que garanticen préstamos para su financiación, cuyos potenciales beneficiarios serán:
El presupuesto de esta medida se ha ampliado hasta los 4.754.000 de euros y el plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2024
A continuación se citan las entidades que tiene suscrito un convenio con el ICO para operar en la línea ICO GARANTÍA SGR/SAECA y además tienen firmada la adenda que les permite operar en la línea de ayudas ICO-MAPA-SAECA establecida en el artículo 6 del Real Decreto ley 4/2022, de 15 de marzo.
La lista de entidades que tienen convenio con SAECA, y por lo tanto pueden gestionar la línea MAPA-SAECA de subvención de avales (Real Decreto 388/2021, de 1 de junio), puede consultarse en el siguiente enlace: https://saeca.es/informacion-normativa-convenios-saeca
SAECA - Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E.
SAECA es una empresa pública dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La actividad de SAECA es la prestación de avales y fianzas para facilitar el acceso a la financiación al conjunto del sector primario. Las Órdenes de financiación habitualmente prevén que SAECA actúe como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones dirigidas a la financiación del coste de los avales.
ICO – Instituto de Crédito Oficial
El Instituto de Crédito Oficial es una entidad pública empresarial (EPE) de las previstas en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la empresa. Tiene naturaleza jurídica de Entidad de Crédito, y la consideración de Agencia Financiera del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
El ICO es un banco público, y se rige por la normativa recogida en la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Ley 12/1995 de 28 de diciembre sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera y posteriores modificaciones, por el Real Decreto 706/1999 de 30 de Abril, de adaptación del Instituto de Crédito Oficial a la Ley 6/1997 de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de aprobación de sus Estatutos.
La base legal para la constitución de las medidas de apoyo para facilitar el acceso a la financiación de las explotaciones agrarias afectadas por la sequía y otras situaciones excepcionales la constituyen: