Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos afectados, y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras relativas al “PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DE REGADÍO EN LA COLECTIVIDAD DE CUEVAS DEL CAMPO (GRANADA). FASE I. (C.R. POZO ALCÓN, HINOJARES Y CUEVAS DEL CAMPO)”. Expediente SGRIR nº: 2021301

Fecha
Inicio: 21/11/2022
Fin: 20/12/2022

La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE núm. 313, de 31/12/2003), en su artículo 111, declara de interés general determinadas obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego, figurando en su apartado Uno-a) de Obras de modernización y consolidación de regadíos, las relativas a la “Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo, TT. MM. Pozo Alcón e Hinojares (Jaén) y Cuevas del Campo (Granada)”. Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley.

El “Proyecto de Modernización de Regadío en la Colectividad de Cuevas del Campo (Granada). Fase I. (CR Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo)” fue aprobado por Resolución de 13 de julio de 2022 de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 18 de octubre de 2022.

Consiguientemente, procede someter a trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución de esta fase de la actuación, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación, podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes de Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo, Colectividad de Cuevas del Campo, Calle Verjas nº 1, 18813 – Cuevas del Campo (Granada), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, en los Boletines Oficiales de las Provincias de Jaén y Granada, así como en las dependencias de los Ayuntamiento de Pozo Alcón (Jaén) y Cuevas del Campo (Granada).

Al mismo tiempo, y en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Dirección General ha resuelto convocar a los propietarios de los bienes y derechos afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento de Cuevas del Campo (Granada) el día 22 de noviembre de 2022, en horario de tarde, y en el Ayuntamiento Pozo Alcón (Jaén) el día 23de noviembre de 2022, en horario de mañana y tarde, y el día 24 de noviembre de 2022 en horario de mañana, o bien en las dependencias que a tal efecto designen dichos Ayuntamientos, al objeto de proceder al preceptivo levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento a la finca afectada para la toma de datos, si se considerase preciso.

Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual, y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en los Boletines Oficiales de las Provincias de Jaén y Granada, y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Jaén y en dos diarios de la provincia de Granada.

La inclusión de bienes de dominio público en la relación adjunta de bienes y derechos afectados que se somete a la referida información pública, a tenor de lo establecido en el artículo 6 a) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, se realiza a los solos efectos de posibles intereses que terceras personas puedan alegar sobre dichos bienes, sin perjuicio de que simultáneamente se tramite el procedimiento establecido para obtener la disponibilidad de dichos terrenos con las Administraciones correspondientes, en virtud del principio de cooperación que rige en sus relaciones, según dispone el artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

 

La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como las correspondientes publicaciones en los Boletines Oficiales de las Provincias de Jaén y Granada, y, en formato resumen, en dos diarios de provincia de Jaén y en dos diarios de la provincia de Granada, así como en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Pozo Alcón (Jaén) y Cuevas del Campo (Granada), servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos objeto de expropiación, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, certificación catastral y, en su caso, cédula urbanística, pudiendo hacerse acompañar si así lo estiman oportuno y con gastos a su costa de Peritos y Notarios.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo (Jaén – Granada) ostenta la condición de entidad beneficiaria.


En Madrid,                                          

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE REGADÍOS, CAMINOS NATURALES

E INFRAESTRUCTURAS RURALES

 

Cristina Clemente Martínez

 

                                            En Madrid,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y PESCA

P.D.: Orden APA/21/2019, de 10 de enero (BOE nº 16 de 18-01-2019) y

Orden APA/282/2021, de 22 de marzo (BOE nº 72 de 25-03-2021), por la que se revoca

la Orden APA/1096/2020 de 20 de noviembre (BOE 24-11-2020)

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO RURAL, INNOVACIÓN

Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA

 

 

Isabel Bombal Díaz

Documentos

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