Las ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores tienen una larga tradición, y estuvieron reguladas hasta el año 2006 por el Reglamento CE 1257/1999, del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), y, en España, específicamente por Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.
El citado Reglamento ha sido sustituido por el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, sobre ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), cuya vigencia abarcará el período 2007 ? 2013.
En él, se puede destacar su artículo 8 , que se refiere a la "Igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación", donde dice: "Los Estados miembros y la Comisión, fomentarán la igualdad entre hombres y mujeres y velarán por que, durante las distintas fases de ejecución del programa, se evite toda discriminación por razones de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual".
Incentivar este proceso es fundamental a la vista de la estructura de la población agraria en España, y las perspectivas de que un alto número de agricultores se retire y abandone la actividad agraria sin encontrar sucesor.
Las Decisiones del Consejo de 20 de febrero de 2006, sobre las directrices estratégicas de desarrollo rural para el periodo de programación 2007-2013, inciden en 2 líneas concretas
- Mejora de la calidad de vida en zonas rurales y diversificación de la economía rural atendiendo especialmente a las necesidades específicas de mujeres, jóvenes y trabajadores de edad avanzada.
- Fomentar la entrada de las mujeres en el mercado laboral
Este enfoque queda reflejado en el PEN (Plan Estratégico Nacional) y se desarrolla en las medidas horizontales y elementos comunes que contempla el Marco Nacional. No obstante, la aplicación de este enfoque tiene un mayor margen de actuación en el eje III y cada una de las medidas desarrolladas por cada uno de los Programas de Desarrollo Rural en este eje para la consecución de sus 2 objetivos estratégicos: generación de alternativas de empleo y mejora de la calidad de vida de las zonas rurales, por entender que en torno a estos 2 objetivos se dan los ámbitos de actuación que precisan de un mayor fomento del principio de igualdad de oportunidades.