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14 de diciembre del 2021

HOY, EN EL CONSEJO DE MINISTROS

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Se realizan algunos cambios normativos para adaptarse a la utilización de fondos Next Genetation UE y para aumentar la celeridad del procedimiento administrativo

Las principales modificaciones van enfocadas hacia la tipología de miembros que componen la agrupaciones solicitantes, la representación del grupo operativo, los límites de gastos y la moderación de costes

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto que modifica las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri). Esta modificación normativa va enfocada a facilitar la futura convocatoria anticipada en 2022, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo Rural, de ayudas en las que se utilizarán Fondos Europeos Agrícolas de Desarrollo Rural (Feader) del Instrumento de Recuperación Europeo (Next Generation UE), con una cofinanciación comunitaria del 100%.

 

Dada la experiencia previa de tres convocatorias de ayudas a proyectos innovadores de interés general (2018, 2019 y 2020), en este real decreto se incluyen modificaciones en las bases reguladoras para mejorar el procedimiento administrativo de concesión de subvenciones y para adaptarse a la utilización de los fondos procedentes del instrumento Next Generation UE. En estas tres convocatorias se ha financiado la ejecución de un total de 101 proyectos de innovación, con una financiación superior a 70 millones de euros.

 

De acuerdo con el reglamento de transición de la Política Agraria Común (PAC) hasta el año 2022, los fondos del instrumento de recuperación europeo se deben destinar a la ejecución de proyectos innovadores que contribuyan de forma adicional al desarrollo económico y social de las zonas rurales y a una recuperación sostenible y digital.

 

Una de las principales novedades de la modificación normativa aprobada hoy es que no podrán formar parte de la agrupación de beneficiarios las comunidades autónomas ni los organismos y entidades de ellas dependientes. Tampoco podrán formar parte de la agrupación de beneficiarios aquellas entidades del sector público en las que la participación autonómica, sin ser mayoritaria, sea superior a la de otras administraciones. Sin embargo, estas entidades podrán formar parte del grupo operativo y desempeñar una actividad relevante en la preparación y/o ejecución del proyecto innovador. Para ello, podrán ser subcontratadas por la agrupación de beneficiarios o por cualquiera de las entidades que la integren.

 

Además se acota la figura del representante del Grupo Operativo, que deberá ser una entidad sin ánimo de lucro de naturaleza jurídica privada.

 

La calidad de un proyecto innovador resulta más patente cuanto mayor es la inversión en gastos de ejecución del mismo, por este motivo se elimina el límite máximo para los costes previstos directos de ejecución del proyecto de innovación, que en ningún caso serán inferiores al 50% del total del gasto elegible.

 

Para poder dar cabida a las entidades pertenecientes a las comunidades autónomas o asimilables en el seno del Grupo Operativo, se modifica el límite máximo para los gastos de actividades subcontratadas, que no excederán del 70% del importe del gasto total elegible.

 

Debido a los requerimientos establecidos por la Comisión Europea, se incorpora en este real decreto la moderación de costes en las bases reguladoras y se garantiza que, para todos los gastos, el solicitante de la subvención deberá haber requerido como mínimo tres ofertas comparables de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, lo que deberá justificarse adecuadamente en base a motivos técnicos.

 

Para la elaboración de esta norma, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha consultado a las comunidades autónomas y a las entidades representativas de los sectores afectados en el ámbito de la participación pública.

 

El MAPA espera que con la aprobación de este real decreto, la medida de cooperación AEI-Agri siga contribuyendo a promover el desarrollo económico y social de las zonas rurales y a consolidar la recuperación económica, resiliente, sostenible y digital, en consonancia con los objetivos agroambientales y climáticos de la Unión Europea. Está previsto que se habiliten convocatorias de proyectos innovadores en el ámbito del futuro Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. 

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