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17 de diciembre del 2021

Fue firmado por los ministros de ambos países el 28 de junio

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El acuerdo se aplicará los próximos 5 años para el ejercicio de la actividad pesquera de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países

El sector pesquero español ve atendidas sus demandas en cuanto a la armonización de horarios, vedas biológicas y medidas técnicas que deberán cumplir las flotas de ambos países

El Parlamento español ha concluido el procedimiento de ratificación del acuerdo de pesca entre España y Portugal que firmaron el pasado 28 de junio en Luxemburgo el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, y el ministro del Mar portugués, Ricardo Serrao Santos.  

 

La ratificación por el Parlamento constituía el último trámite antes de su publicación en BOE para la entrada en vigor del acuerdo, el 1 de enero de 2022. La duración del mismo será de 5 años, prorrogables por otros dos más.

 

Este acuerdo rige las condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera que desarrollan las flotas española y portuguesa en las aguas limítrofes, y permite una mejor gestión de los recursos, así como dar estabilidad a las flotas de ambos países.

 

Los principales aspectos que recoge el nuevo texto son los siguientes:

 

·        Regulación del horario de desembarque de acuerdo a los horarios fijados en la legislación de cada país. En el caso de los buques de arrastre, no podrán descargar sus capturas en puertos del otro país durante el fin de semana. Esta medida responde a una de las reivindicaciones realizada por la flota española, que por normativa nacional está obligada a parar durante el fin de semana, a diferencia de la flota portuguesa, que tiene permitido faenar.

 

·        Autorización para desembarcar en puertos españoles y portugueses, con independencia de donde vaya a realizarse posteriormente la primera venta. Los buques deberán pagar las tasas del país donde se realice el desembarque y acompañar las capturas con un documento de transporte hasta el lugar de la primera venta.

 

·        Inclusión de medidas técnicas, como la prohibición del tren de bolos en las aguas españolas. 

 

·        Armonización de medidas de gestión, como la veda biológica para el arrastre en otoño en el golfo de Cádiz.

 

·        Mantenimiento de las principales posibilidades de pesca en forma de número de licencias hasta ahora establecidas para ambas flotas, tanto en las aguas continentales como en las de los acuerdos fronterizos del Miño y el Guadiana.

 

·        Refuerzo de los aspectos de coordinación e intercambio de información entre ambas partes para el seguimiento de la actividad pesquera de las flotas en las aguas de la otra parte.

 

Estas medidas dan respuesta a las demandas del sector español, especialmente a la flota de arrastre del Cantábrico Noroeste y las de cerco y arrastre del Golfo de Cádiz, que han venido solicitando un acuerdo estable, duradero y en igualdad de condiciones con la flota del país vecino.

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