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27 de junio del 2022

CONSEJO DE MINISTROS

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Se enmarca dentro de los hitos a cumplir dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y aglutina la dispersión normativa existente hasta el momento

Actualiza y simplifica la normativa reguladora de los diferentes caladeros y modalidades de pesca, y recoge las características diferenciales de cada uno de ellos

Regula aspectos transversales de las pesquerías como definiciones, compatibilidad de los artes, cambios temporales de modalidad o intercambios de censos

El Gobierno ha aprobado hoy, en Consejo de Ministros, un real decreto por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales peninsulares, con lo que se da cumplimiento a uno de los elementos incluidos como hito en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) al unificar la ordenación en la materia, que hasta ahora estaba muy dispersa en diferentes normas.

 

Hasta el momento existía una acusada fragmentación de la regulación de los caladeros en los que se dividen las aguas del caladero nacional (Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz y Mediterráneo), en siete reales decretos publicados entre 1993 y 2006. El caladero de Canarias continuará rigiéndose por sus normas vigentes, salvo algunas disposiciones de carácter transversal que le serán también de aplicación en lo relativo a cambios temporales de modalidad y los intercambios de censo. 

 

Con la aprobación de este real decreto se lleva a cabo un ejercicio notable de simplificación normativa y de actualización, y se regulan aspectos transversales de las pesquerías, como son un conjunto de definiciones ahora unitarias, la compatibilidad de los artes, los cambios temporales de modalidad o los intercambios de censos. Estos dos últimos mecanismos cobran una importante dimensión a la hora de la ordenación y gestión de los diferentes censos por modalidad y caladero en los que se ubican los buques pesqueros de bandera española, bajo el principio de contingentación de los caladeros, vigente desde hace décadas en nuestro país.

 

Además, se regulan los tiempos de actividad pesquera en las aguas españolas, y en algunos casos de las comunitarias, así como se detallan las características técnicas del arte de arrastre de fondo o las condiciones para el ejercicio de la pesca con pincho-caña en el Cantábrico y Noroeste. Igualmente, se lleva a cabo una modificación puntual del reglamento de procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca en aguas exteriores en relación a las fianzas o garantías financieras.

 

Con este nuevo real decreto, el Gobierno reafirma su compromiso con una pesca sostenible y contribuye a la gestión y conservación de los recursos pesqueros bajo el marco general de la Política Pesquera Común (PPC) de la Unión Europea. Esta sostenibilidad tiene una dimensión integral que abarca los pilares medioambiental, social y económico de las actividades pesqueras en beneficio de las comunidades costeras que dependen de ellas. 

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