Resumen: Como continuación de la historia institucional de los censos agrícolas del siglo XIX, esta segunda parte del trabajo analiza cómo, después de la alternativa que ofreció la Primera República, durante la Restauración fue posible codificar al menos la misma situación establecida medio siglo antes por la Revolución, es decir, unos pocos censos que ya no son señoriales, sino sin que implicaran derechos de propiedad y siendo en general irredimibles no sujetos a los principios del nuevo orden liberal. Después del estudio de la suerte que corrieron los censos agrarios en la revolución liberal, el artículo confronta el problema de la misma falta previa de declaración de la cuestión por la simple eliminación de la historia que se analiza aquí: por la consideración de tales censos como un simple caso de supervivencia señorial; y se argumenta que una serie de conceptos, de mayor influencia que las tradiciones marxistas, condicionan esa falta de consideración: así pues, en esencia, junto con la idea de la supervivencia feudal, la asunción de una acumulación primitiva de capital sustancialmente ajena al mundo agrario y la categoría de renta de la tierra, la determinación económica de la cual no puede entender mínimamente la derivación histórica de tales ingresos agrarios. Como consecuencia, por lo que respecta a esta cuestión, el estudio finaliza estableciendo una conexión con el proceso actual de revisión de las representaciones clásicas del desarrollo del capitalismo en agricultura.