Resumen: Se inicia el estudio con un breve resumen histórico del acceso a la propiedad de la tierra destacando que nuestra nación fue una de las pioneras en la creación del retracto arrendaticio, y señalando los antecedentes legislativos de la Ley de Arrendamientos Rústicos, así como los procedentes constitucionales de la Segunda República. Se hace, asimismo, una reseña del Derecho Comparado obteniendo las orientaciones que se deducen de la misma, y que pueden resumirse en las siguientes: En la parte segunda se hace un análisis de la situación en España y se intenta establecer una orientación para la revisión del Derecho Positivo en esta materia. De las conclusiones que se obtienen se pueden deducir: 1) De todos los sistemas de tenencia de tierra el ideal es el que hace coincidir la titularidad de la propiedad y de la empresa agraria, por lo que es conveniente establecer sistemas de acceso a la propiedad que consigan este fin. 2) El actual retracto debe perfeccionarse agregando un derecho de tanteo. 3) Debe establecerse, con carácter general, el derecho de obtención de préstamos para el acceso a la propiedad de la tierra en favor de los agricultores profesionales. 4) No deben contemplarse medidas que supongan la expropiación de la tierra o el acceso a la propiedad por la larga permanencia en el arrendamiento, ya que eso provocaría de forma inmediata la resolución en gran número de los arrendamientos existentes ante el temor de los propietarios de verse privados de sus derechos subjetivos.